ECONOMÍA

Cuándo tienes que declarar a Hacienda tus compras o ventas en Wallapop para evitar una inspección

La Agencia Tributaria ha fijado unos límites que si se superan debe incluirse el dinero obtenido en la declaración de la renta.

Zaragoza acoge la prueba piloto de para donar alimentos a través de Wallapop.
Aplicación móvil de la plataforma de venta Wallapop.

La posibilidad de vender objetos que no se utilizan se ha convertido en un reclamo para las plataformas de internet que buscan usuarios en el mercado de segunda mano. Para algunos consumidores estos puntos de venta virtuales suponen una posibilidad de sacar un dinero extra. Aplicaciones como Wallapop o Vinted se han colado en la vida diaria, pero quienes las utilizan deben saber que las compraventas que hagan allí pueden tener que declararlas en el Impuesto sobre la Renta (IRPF). Hacienda vigila algunos casos.

La semana pasada se publicó la orden ministerial que regula los impresos que deben presentar las plataformas. El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 5 de febrero recoge la declaración informativa (modelo 238)  que deberán rellenar los operadores de plataformas y el impreso necesario para darse de alta en el nuevo Registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados (modelo 040).

Impreso del modelo 040 de la Agencai Tributaria para dar de alta a las plataformas de venta en internet publicada en el BOE del 5 de febrero de 2024
Impreso del modelo 040 de la Agencai Tributaria para dar de alta a las plataformas de venta en internet publicada en el BOE del 5 de febrero de 2024
H. A.

La introducción de esta nueva obligación para las plataformas de internet parte de la directiva (UE) 2021/514 del Consejo, de 22 de marzo de 2021, por la que se modificó la directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, conocida como DAC 7.

La normativa europea busca controlar este tipo de operaciones que hasta ahora no encajaban en ninguna regulación por su novedad. "Valoro positivamente esta directiva porque se quiere luchar contra la economía sumergida y el fraude fiscal", apunta Andreu Bové, desde la Asociación española de asesores fiscales (AEDAF). Este cambio desde Europa ha obligado a modificar la Ley General Tributaria  58/2003, de 17 de diciembre, introduciendo una disposición adicional vigésimo quinta.

Límites para tener que declarar en la Renta

En el caso de los consumidores, los clientes de estas plataformas, sus compraventas tendrán impacto en su declaración de la renta solo en algunos casos. Las plataformas comunican este año por primera vez estas operaciones, "referidas al ejercicio de 2023", detalla Bové. La campaña de la Renta comenzará en el mes de abril y en ella los contribuyentes tendrán que declarar sus rendimientos correspondientes al año pasado.

"A partir de ahora, cada mes de enero, los operadores de plataformas digitales tienen que informar a Hacienda sobre las actividades de sus usuarios durante el año anterior, siempre que estos hayan realizado más de 30 operaciones o si han generado ingresos superiores a los 2.000 euros", añade Benja Anglès, profesor agregado de Derecho Financiero y Tributario de la UOC.  "No han cambiado las obligaciones tributarias de los usuarios de las plataformas, lo que cambia es que a partir de ahora Hacienda se asegura de tener información directa y detallada de sus actividades, de modo que podrá comprobar con facilidad si los usuarios cumplen", advierte el profesor.

En cualquier caso, el asesor fiscal considera necesario que se siga manteniendo un "umbral mínimo para que el comprador no tenga que declarar porque estamos hablando de importes irrisorios". En la mayoría de los casos las compraventas tienen un importe bajo, ya que se trata de objetos usados. Si se superan los límites anteriores se tendrá que declarar si se ha obtenido beneficio con la venta del bien en el apartado de ganancias patrimoniales del IRPF. Habrá que "poner el importe del precio de venta y de compra, tu coste de adquisición, y declararlas una a una", indica el asesor fiscal.

Los usuarios tienen que comunicar a las operadoras "sus datos fiscales y mostrar su conformidad para que las respectivas plataformas comuniquen toda su información a Hacienda", detalla el profesor Anglès.

Consejos ante una posible inspección de Hacienda

El profesor de la UOC reconoce que los datos de la actividad de los usuarios a través de estas plataformas "son entre privados y difíciles de rastrear". De ahí que Hacienda se asegure ahora de disponer de "información detallada de aquellos usuarios 'más activos', y con dicha información podrán comprobar si los usuarios declaran correctamente y cumplen con sus obligaciones tributarias". De esta forma se pueden cruzar datos y comprobar "si algunos en realidad no realizan ventas ocasionales sino que tienen una actividad habitual por la que deberían tributar profesionalmente".

A la hora de seguir utilizando estos medios de compraventa, considera que "aquellos que utilicen las plataformas para vender sus artículos de segunda mano, lo normal por un precio inferior al de compra, yo les diría que pueden seguir haciéndolo sin mayor preocupación". En estos casos no tendrá impacto en su Renta. 

En cambio, las personas que realicen esta actividad de forma habitual, vendiendo artículos que no son propios y además ganando dinero, "tendrían que declararlo a Hacienda como una actividad comercial o profesional". En este sentido, advierte de que a partir de ahora, "Hacienda tendrá sus datos y, mas pronto que tarde, les hará un requerimiento de comprobación o inspección tributaria".

La normativa española desarrolla en el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, las normas y los procedimientos de diligencia debida en el ámbito del intercambio automático obligatorio de información comunicada por los operadores de plataformas. 

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