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Las 18 deducciones de la Renta en Aragón: dos nuevas y muchas poco conocidas

En la lista se mantienen año tras año otras que en el práctica se dirigen a colectivos muy reducidos.

Servicio de cita previa de Renta de la Agencia Tributaria en Zaragoza.
Servicio de cita previa de Renta de la Agencia Tributaria en Zaragoza en la campaña del año pasado.
Guillermo Mestre

La campaña del Impuesto sobre la Renta comienza en dos semanas, por lo que llega el momento de preparar la documentación necesaria. La Agencia Tributaria ya permite consultar los datos fiscales a través de su aplicación y su página web. Uno de los puntos que hay que completar cada año es el apartado de deducciones, porque puede que de alguna de ellas no tenga conocimiento Hacienda. Además de las estatales, en Aragón existen 18 más, de las que se pueden beneficiar los residentes en la comunidad, algunas poco conocidas y en otros casos, para supuestos muy concretos.

En Aragón el año pasado presentaron la declaración del impuesto 734.458 personas. Están obligados a presentarla quienes tuvieran el año pasado unos ingresos superiores a 22.000 euros, con carácter general. El límite baja a 14.000 euros anuales si se trabajó en dos o más empresas o en una y se cobró algún mes la prestación por desempleo.

Aunque no se alcanzaran esas cuantías, deberá presentar la declaración quien se quiera beneficiar de alguna deducción.

Dos estrenos esta campaña

Este año se estrenan "dos nuevas deducciones", explica María Teresa Gómez, presidenta del Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja. Ambas están dirigidas a la "protección de las personas o familias ucranianas que hayan sido acogidas en nuestra Comunidad Autónoma", detalla. Desde que se produjo la invasión rusa de Ucrania el 24 de febrero de 2022, en la Comunidad se han expedido alrededor de 3.600 autorizaciones de protección internacional, según el último balance del Gobierno de Aragón. También se bonifican los donativos.

Del total de las deducciones autonómicas "las que se aplican más son la que se refieren a las circunstancias familiares como los hijos, los mayores de 70 años o por el cuidado de dependientes", pone como ejemplos la gestora administrativa. "La deducción por libros de texto y material escolar no se le olvida a nadie", afirma, aunque no todos pueden beneficiarse porque existen unos límites de renta.

"Va subiendo el nivel de vida, pero los límites los dejan igual", advierte, lo que considera una forma de "subir los impuestos sin que te des cuenta", porque se dejan de beneficiar de algunas deducciones.

"La que empezamos a tener también muy incorporada es la de gastos guardería", añade. En este caso reconoce que al existir también estatal (1.000 euros al año) a algún contribuyente se le olvida la autonómica. Las que menos se aplican son las que tienen que ver con inversión en empresas. 

Lista de deducciones de la Renta en Aragón

1. Por nacimiento o adopción del tercer o sucesivos hijos. Se pueden deducir 500 euros, con carácter general, por cada hijo nacido o adoptado en 2022 que sea el tercer hijo o sucesivos del contribuyente. Esta cantidad será de 600 euros si la suma de las bases imponibles general y del ahorro, casillas (435 y 460) de la declaración, menos el mínimo del contribuyente y el mínimo por descendientes, suma de las casillas (511 y 513) no sea superior a 21.000 euros en declaración individual y 35.000 euros en declaración conjunta.

2.Por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. A la anterior deducción se le pueden sumar 200 euros si se trata de un hijo nacido o adoptado durante el periodo impositivo con un grado de discapacidad igual o superior al 33% a fecha 31 de diciembre y reconocido mediante resolución del órgano competente en materia de servicios sociales.

Foto de archivo de los pies de un recién nacido
Foto de archivo de los pies de un recién nacido
Pixabay

3. Por nacimiento o adopción del primer y/o segundo hijo en poblaciones de menos de 10.000 habitantes. 100 euros por el primer hijo; 150 euros por el segundo hijo y  200 y 300 euros, respectivamente, por el nacimiento o adopción del primer o segundo hijo con el límite de no superar los 23.000 euros en declaración individual y 35.000 euros en declaración conjunta. Incompatible con la deducción que puede aplicarse el contribuyente por nacimiento o adopción de un hijo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

4. Por adopción internacional. Deducción compatible con las tres anteriores y permite sumar 600 euros por cada hijo adoptado el año pasado, siempre que se trate de una adopción internacional.  

5. Por cuidado de personas dependientes. Se desgravan 150 euros por persona que conviva al menos medio año con el contribuyente. Hacienda considera persona dependiente al ascendiente mayor de 75 años y al ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65% cualquiera que sea su edad. Este no tiene que tener ingresos superiores a 8.000 euros al año ni el contribuyente ingresos superiores a 21.000 euros en declaración individual y 35.000 en la conjunta.

6. Para contribuyentes mayores de 70 años. Deducción de 75 euros por cada contribuyente 70 o más años de edad siempre que sus ingresos no procedan exclusivamente del capital. Sus ingresos no pueden superar los 23.000 en declaración individual ni 35.000 en conjunta.

7. Por gastos de guardería de hijos menores de 3 años. Se trata de una de las deducciones más utilizadas, pero en las que hay que tener en cuenta las limitaciones de ingresos y que el centro educativo esté habilitado por la Administración. Se puede deducir el 15% de los recibos pagados el año pasado para hijos menores de 3 años en guarderías o centros de educación infantil. Tiene que ser un centro autorizado por Educación. Se fija un máximo de 250 euros por hijo inscrito si aún no tiene 3 años y 125 euros si se trata del año en el que cumple esta edad.  

8. Por gastos por adquisición de libros de texto y material escolar. Se puede desgravar el 100% de las cantidades destinadas por el contribuyente a la compra de libros de texto y material escolar para sus descendientes, que hayan sido editados para Educación Primaria y Educación Secundaria. Hacienda precisa que los equipos informáticos (tabletas, ordenadores, etc.) usados en el aprendizaje escolar (realización de trabajos, búsqueda de información, etc.) no se consideran material escolar. La única excepción es que la enseñanza en el centro sea exclusivamente en formato digital. 

Libros de texto en la Librería General de Zaragoza.
Libros de texto en la Librería General de Zaragoza.
Asier Alcorta/HERALDO

Para familias numerosas se fija una cuantía por hijo de 150 euros en declaraciones conjuntas y de 75 euros en individuales. No deben sumar más de 30.000 ingresos en tributación individual y 40.000 en conjunta. En el resto, muchas familias se quedan fuera por los límites de renta. Así, la deducción es de 37,5 euros por hijo si los ingresos van de 20.000 a 25.000 euros en declaración conjunta; de 50 euros si superan los 12.000 euros y 100 euros si se quedan por debajo. Si se presenta declaración individual las cuantías pasan a 25 euros por hijo si se ingresó entre 10.000,01 y 12.500 euros; 37,50 entre 6.500,01 y 10.000 y el máximo son 50 euros si se cobró el año pasado menos de 6.500 euros.

Deberán minorarse estas cantidades si se recibieron becas por este mismo concepto.

9. Por acogimiento de personas o familias ucranianas desplazadas con motivo del conflicto armado en su país. Esta nueva deducción solo se aplica en la renta de este año y la que viene, al menos, con la normativa actual. Cada contribuyente se puede desgravar 300 euros por persona acogida en 2022, con un máximo de 1.000 euros por contribuyente. La persona o familia ucraniana tiene que haber convivido con el contribuyente al menos durante cuatro meses del año pasado, no debe  tener rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, y no guarde una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad de hasta el segundo grado con el contribuyente. Es necesario obtener un certificado del órgano competente en la gestión y el control de estas acogidas, en el que conste el número de personas acogidas y la duración de la acogida, de acuerdo con lo que disponga el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

CONMEMORACION DEL DIA DE LA INDEPENDENCIA DE UCRANIA EN LA PLAZA DEL PILAR DE ZARAGOZA / 24-08-2022 / FOTOS: FRANCISCO JIMENEZ[[[FOTOGRAFOS]]]
Celebración del día de Ucrania el 24 de agosto en la plaza del Pilar. 
Francisco Jiménez

10. Por ayudas de carácter humanitario al pueblo ucraniano con motivo del conflicto armado en su país. Nueva deducción de este año, también aprobada para esta renta y la del año que viene. Se puede desgravar el 20% de las donaciones dinerarias para financiar ayudas de carácter humanitario, sanitario o social en favor del pueblo ucraniano con motivo del conflicto armado en su país. El contribuyente debe contar con la certificación fiscal por parte de la entidad a la que haya hecho la donación.

11. Por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo. Se puede deducir el 3% de las cantidades satisfechas durante el período impositivo por la adquisición de una vivienda nueva situada en Aragón. Esta debe estar acogida a alguna modalidad de protección pública de vivienda y ser la vivienda habitual del contribuyente. El comprador debe tener la consideración de víctima del terrorismo o, en su defecto y por este orden, su cónyuge o pareja de hecho o los hijos que vinieran conviviendo con los mismos.

12. Por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual en núcleos rurales o análogos aragoneses. El 5% del dinero pagado para la primera vivienda de menores de 36 años cuyos ingresos anuales no superen los 21.000 euros en declaración individual y 35.000 en conjunta. El municipio debe tener menos de 3.000 habitantes.

Viviendas en Zaragoza.
Viviendas en Zaragoza.
Francisco Jiménez

13. Por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago. El 10% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual en el caso de que se hubiera acordado una dación en pago. Deducción máxima de 4.800 euros anuales. Límite de ingresos de 15.000 euros al año si se presenta declaración individual y 25.000 para conjunta.

14. Por arrendamiento de vivienda social (deducción del arrendador). El propietario del inmueble puede desgravarse el 30% de los rendimientos del alquiler (parte autonómica) si lo puso a disposición del Plan de Vivienda Social de Aragón.

15. Por donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico. El 20% del importe de las donaciones dinerarias.

16. Por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil (MBA). El 20% de las cantidades invertidas con un máximo de 10.000 euros. Esta desgravación ha quedado obsoleta. Bolsas Mercados Españoles (BME) creó este parqué para que cotizaran pymes en 2006. Hoy en día el nombre el mercado es BME Growth.

Indicador IBEX 35
Indicador IBEX 35
Vega Alonso del Val

17. Por adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de reciente creación. El 20% de las cantidades invertidas con un máximo de 4.000 euros.

18. Por inversión en entidades de economía social aragonesas. El 20% de las aportaciones para ser socio. El importe máximo de esta deducción es de 4.000 euros y deben mantenerse las aportaciones cinco años.

Estas tres últimas deducciones referidas a participaciones en sociedades no son compatibles.

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