ACCIDENTE AÉREO EN TURQUÍA

La Audiencia de Zaragoza rechaza el recurso de la empresa condenada por el Yak-42

La Sección Cuarta de la Audiencia de Zaragoza ha rechazado el recurso de apelación que presentó la compañía Chapman Freeborn contra la sentencia que la condenó, el pasado mes de febrero, a indemnizar con más de 6 millones de euros a las familias de los 62 militares muertos en el accidente del Yak-42.

La Sección Cuarta de la Audiencia de Zaragoza ha rechazado el recurso de apelación que presentó la compañía Chapman Freeborn contra la sentencia que la condenó, el pasado mes de febrero, a indemnizar con más de 6 millones de euros a las familias de los 62 militares muertos en el accidente del Yak-42.


En el recurso, esta empresa alemana, que junto a la también condenada Ukranian Mediterranean Airlines (UM Air), fue la responsable de organizar el vuelo, solicitaba la admisión por parte del tribunal de nuevas pruebas.


La sección de la Audiencia de Zaragoza ha rechazado el recurso porque, según señala en la resolución, las nuevas pruebas no tienen carácter trascendental y son irrelevantes.


Una de ellas se refería al comportamiento procesal de la parte acusatoria y la otra a que la representación legal de la compañía no había podido acceder a una documentación sobre el aeropuerto de Kabul, desde donde partió el avión con destino a España.


El pasado mes de febrero se celebró, en el Juzgado de Instrucción Número 2 de Zaragoza, el segundo juicio civil (el primero fue anulado por la Audiencia Provincial por un defecto de forma) contra las compañías que fletaron el vuelo, que fueron condenadas a pagar indemnizaciones por valor de 6.125.000 euros.


La sentencia estableció que un error humano, fruto de "una maniobra desastrosa", fue la causa del accidente en el que murieron los militares españoles, en Trebisonda (Turquía), el 26 de mayo de 2003, cuando regresaban a España desde Afganistán.


El fallo reconoció que era inconcebible e inexplicable la forma en que se hizo la maniobra de aproximación al aeropuerto, que calificó de "temeraria", y descartó la incidencia, en la misma, de otros agentes, meteorológicos o de los controladores turcos.


Para los abogados de las familias la sentencia, de casi cien folios, fue positiva porque declaró la responsabilidad subsidiaria de Chapman y UM Air, las empresas que organizaron el viaje, ya que legalmente el avión no podía volar y actuaron con una negligencia grave.