Aprobado un convenio para la prestación de servicios sanitarios a los mutualistas en las zonas rurales

El SALUD recibirá una contraprestación económica por estos servicios, cuantificada por persona y mes, que ascenderá globalmente a 1,7 millones anuales.

Una sala vacía de un consultorio rural.
Una sala vacía de un consultorio rural.
Mariano Castejón

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes un convenio con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) para la prestación de los servicios sanitarios de estos mutualistas en las zonas rurales.

Estas mutualidades tienen conciertos suscritos con Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, por los que se obligan a prestar asistencia sanitaria en todo el territorio nacional a sus beneficiarios. No obstante, en algunas zonas rurales no existen medios privados para llevar a cabo dicha asistencia y es el SALUD la única entidad que dispone de los medios necesarios para la prestación de los servicios de Atención Primaria en todo el territorio.

De este modo, a través de este convenio, se atenderán en los centros de salud a los mutualistas que residan en municipios de menos de 20.000 habitantes (alrededor de 16.000 personas) tanto en las diferentes consultas de Atención Primaria como en los servicios de urgencias que se prestan en estos centros de salud.

El SALUD recibirá una contraprestación económica por estos servicios, cuantificada por persona y mes, que ascenderá globalmente a 1,7 millones anuales.

Receta electrónica

Asimismo, el Consejo de Gobierno ha dado luz verde al convenio de colaboración entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) para la integración del colectivo de sus titulares y beneficiarios en el sistema de receta electrónica.

Este proceso de integración se realizará de manera gradual y la dispensación de los medicamentos y productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica se efectuará, en todo caso, con cargo a las mutualidades, con la aportación económica que les corresponda.

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