Por
  • Pablo Guerrero Vázquez

Diez euros

Opinión
'Diez euros'
Pixabay

No hace más de cinco años que empecé a explicar el Derecho Constitucional, pero imagino que a aquel primer curso todavía le conté: 

1) que la repetición de elecciones tras una investidura fallida, prevista en el artículo 99.5 de la Constitución, era impensable; 2) que el artículo 155, cuya aplicación procede cuando una comunidad autónoma actúa de manera desleal, no se iba a activar jamás; 3) que la regulación constitucional de la moción de censura estaba pensada para que esta no triunfase nunca; y 4) que el Derecho de excepción, previsto en el 116, se activó por un conflicto laboral del que ya no se acordaba prácticamente nadie.

Hoy, en un escenario de atomización parlamentaria y polarización política, las repeticiones electorales están a la orden del día. Y las mociones de censura triunfan. Sabemos, igualmente, que la aplicación del artículo 155 fue ineludible para evitar que, en Cataluña, el populismo terminase con la democracia. Y es incuestionable, asimismo, el protagonismo –y la utilidad– del Derecho de excepción para superar con garantías la crisis sanitaria.

Solo hay un artículo de la Constitución que continúa explicándose como inaplicable. Es el 168, que regula la reforma de algunos de los pasajes más importantes de nuestro pacto de convivencia (la forma de Estado –descentralizada–, la forma de gobierno –parlamentaria–, los derechos fundamentales o la Corona). Ahora bien, visto lo visto, ¿alguien apostaría diez euros a que este artículo seguirá durmiendo el sueño de los justos?

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