SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

Condena de 28 años a los etarras que informaron sobre Máximo Casado

El funcionario de prisiones fue asesinado en el año 2000 después de que Zigor Bravo y Juan Carlos Subijana lo localizasen.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 28 años de cárcel que impuso la Audiencia Nacional el pasado mes de marzo a los etarras Zigor Bravo y Juan Carlos Subijana por haber proporcionado la información necesaria para el atentado perpetrado por la banda terrorista el 22 de octubre del año 2000, que acabó con la vida del funcionario de prisiones Máximo Casado en Vitoria.


El alto tribunal rechaza todos los motivos de casación alegados por la defensa al considerar válidas las declaraciones policiales de Subijana, que se vieron corroboradas por otros elementos incriminatorios durante la vista oral celebrada en su día en la Audiencia Nacional.


Igualmente, valora a circunstancia de que los padres de Bravo habitaran en el mismo inmueble que la víctima, lo que facilitó que los terroristas pudieran aportar la información necesaria para el crimen.


Según señala la sentencia que se ha dado a conocer este jueves, y cuyo ponente es el magistrado José Manuel Maza, el análisis de este caso permite concluir que las declaraciones prestadas por los acusados en las dependencias policiales se efectuaron con observancia de las formalidades y garantías que el ordenamiento procesal y la Constitución establecen. Estas declaraciones fueron corroboradas con otra serie de elementos, como los hallazgos realizados en los registros domiciliarios realizados.


En dichos registros se intervino, entre otros documentos, uno en el que figuran las expresiones "carcelero, plano, claves, garaje, domicilio" que coincidía con otro material intervenido en Francia a la dirigente de ETA Ainoa García Montero, según ha destacado el Supremo, "con las informaciones de que disponía la banda para la ejecución de los atentados".


La sentencia dictada en su día por la Audiencia Nacional destacó la "especial repugnancia que genera por su especial perversidad" que uno de los informadores fuera vecino de la persona asesinada y que el atentado se ejecutara "en las instalaciones comunes" que compartían, "aprovechando el conocimiento que genera esta especial relación de vecindad".


Sus padres vivían en el piso superior

Según el relato de hechos probados por la sentencia ahora recurrida, Bravo entregó "información precisa" a Subijana -por quien fue captado- acerca del funcionario de prisiones, en concreto sobre sus circunstancias personales, su dirección, su vehículo y la ubicación de la plaza de garaje, facilitándole incluso una llave de acceso al mismo.


Esta información, que Bravo obtuvo porque sus padres vivían en el piso inmediatamente superior al del funcionario de prisiones, fue entregada por Subijana a otros miembros de ETA, que colocaron una bomba lapa en los bajos del coche de Máximo Casado, que le provocó la muerte en el acto.


La Audiencia impuso a los encausados una pena 25 años de cárcel como autores de un delito de asesinato terrorista en grado de cooperación necesaria, así como otra de 3 años de cárcel por daños terroristas.


Además, les condenó a indemnizar con 400.000 euros de manera conjunta y solidaria a la viuda de la víctima, María Concepción Jaular, y con otra cantidad idéntica a su hija, Suleika Casado Jaular. También les impuso la prohibición de aproximarse y comunicarse con ambas durante cinco años y la de acudir a la localidad de Vitoria o al lugar de residencia de estos familiares en este tiempo.