amnistía

Comín dice que como tarde podría volver a España en julio, cuando se apruebe la amnistía

"Después de siete años ya creo que nos toca volver con la cabeza alta, que es como lo haremos gracias a esta ley", afirma.

Toni Comín, Carlen Puigdemont y Clara Ponsatí
Toni Comín, Carlen Puigdemont y Clara Ponsatí
Reuters

El eurodiputado de JxCAT Toni Comín dio por hecho este jueves que podría volver a España, a más tardar, en el mes de julio, una vez salga adelante la ley de amnistía, justo el día en el que se certificó el acuerdo entre PSOE, Junts y ERC para poder aprobar la norma en el Congreso.

"Después de siete años ya creo que nos toca volver con la cabeza alta, que es como lo haremos gracias a esta ley", dijo Comín en declaraciones a los medios desde el Parlamento Europeo.

Comín afirmó que, "en principio, la ley se va a publicar a finales de mayo, principios de junio, y la ley dice que los jueces tienen dos meses para aplicarla. Más o menos, las cuentas son esas", señaló Comín, preguntado sobre en qué fecha podría volver a España.

El eurodiputado aseguró también que tanto él como el expresidente catalán Carles Puigdemont se presentarán de nuevo a las elecciones al Parlamento Europeo, que en España se celebrarán el 9 de junio. "Sí, sí, sí, esto ya está hablado", señaló Comín.

La Mesa de la Comisión de Justicia del Congreso aceptó este jueves por tres votos a favor y dos en contra las enmiendas transaccionales a la ley de amnistía pactadas por PSOE, Junts y ERC.

Las tres formaciones han pactado que, en el caso del terrorismo, se borran las referencias al Código Penal y se señala que quedan sin cobertura "los actos que por su finalidad puedan ser calificados como terrorismo", según la directiva europea de 2017, y que, a su vez, hayan causado "de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos".

Respecto a los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y los relativos a la defensa nacional recogidos en el Código Penal, se concreta que quedarán excluidos de la amnistía solo cuando se haya producido "tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España". 

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