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Cataluña declara emergencia por sequía a partir de mañana para 6 millones de personas

En el estado 1 deberán compensar con el cierre parcial de duchas; en el 2 si se mantiene abierta la piscina se deben cerrar las duchas; y en el 3 se tendrán que cerrar las duchas, haya o no piscina.

Riego de aspersores en el Estadio Olímpico de Barcelona, este miércoles.
Riego de aspersores en el Estadio Olímpico de Barcelona, este miércoles.
Alejandro Garcia

La Generalitat ha declarado este jueves la emergencia por sequía en Barcelona y su área metropolitana y en Gerona y su entorno, ante la situación de los embalses que abastecen estas zonas por la falta de lluvias, y se verán afectados 202 municipios que estaban en preemergencia, y que suman 5,9 millones de habitantes.

Lo han anunciado el presidente Pere Aragonès y el conseller de Acción Climática, David Mascort, en rueda de prensa tras la reunión extraordinaria de la Comisión Interdepartamental de la Sequía, donde se ha decidido declarar la emergencia en el sistema Ter-Llobregat después de que las reservas de estos embalses hayan bajado de los 100 hectómetros cúbicos, el umbral para entrar en emergencia.

Según el Plan Especial de Sequía, la fase 1 de emergencia limita el consumo a 200 litros por habitante y día; se prohíbe el riego de árboles y jardines botánicos, excepto el de supervivencia; también se limita el llenado de piscinas y el uso de duchas en gimnasios y centros deportivos, y se prohíbe el uso de duchas e instalaciones de limpieza de pies en las playas.

Las mismas fuentes han recordado que en Cataluña ya hay 37 municipios en estado de emergencia por sequía, que pertenecen a las unidades de explotación de Riudecanyes, Darnius-Boadella y Fluvià-Muga, y Vallirana (Barcelona), que depende del sistema Anoia-Gaià y está en emergencia tras pedirlo el propio Ayuntamiento.

Tras la reunión de este jueves, está prevista una comparecencia del conseller de Acción Climática de la Generalitat, David Mascort, y la portavoz del Govern, Patrícia Plaja, para informar de los cambios y evaluar las afectaciones.

Medidas de emergencia

El Plan Especial de Sequía prevé 3 fases del estado de emergencia: en la fase 1 se limitará el uso de agua a 200 litros por habitante y día, a 180 en la fase 2 y a 160 litros por habitante y día.

En cuanto al llenado de piscinas, podrán hacerlo los gimnasios y clubes deportivos con piscinas cubiertas inscritas en el censo de equipamientos deportivos de la Generalitat, y también las descubiertas todo el año para el deporte federado, con limitaciones: en el estado 1 deberán compensar con el cierre parcial de duchas; en el 2 si se mantiene abierta la piscina se deben cerrar las duchas; y en el 3 se tendrán que cerrar las duchas, haya o no piscina.

El deporte federado que necesite riego, como el fútbol, en la fase 1 podrá regar los campos pero deberán compensar el gasto de agua con las duchas; en la 2 si quieren regar deberán cerrar duchas; y en la 3 se tienen que cerrar las duchas obligatoriamente; y se prevé que los cámpings, hoteles y comunidades de vecinos no puedan llenar sus piscinas en estado de emergencia.

El Plan de Sequía también prevé que en estado de emergencia 1 y 2 se puedan regar jardines botánicos y árboles y plantas para su supervivencia pero con agua regenerada o freática, siempre y cuando sea para preservar refugios climáticos; y se prohíbe el llenado completo o parcial de lagos artificiales o fuentes ornamentales, excepto las balsas que sirvan para la "recuperación de especies autóctonas o en riesgo" y haciéndolo con agua regenerada o freática.

Otras actuaciones

También se prohíbe la limpieza de cualquier tipo de vehículo, excepto si se hace en negocios de limpieza de vehículos con sistema de recirculación del agua; el uso de duchas o instalaciones de limpieza de pies en las playas; y actividades como pistas de hielo temporales o fiestas de espuma y similares.

Otras medidas pasan por la reducción de los caudales ecológicos los ríos Muga de 135 litros por segundo a 40, en el Ter de 2.000 a 600 y en el Llobregat de 500 a 250; y habrá moratoria en la puesta en marcha de actividades económicas que requieran un alto uso de agua en el municipio en el que se instalen.

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