¿Puedo entrar con mi perro en todas las tiendas o restaurantes según Ley de Bienestar Animal?

La norma, que entró en vigor el 29 de septiembre de forma parcial porque algunas de sus medidas más polémicas tendrán que esperar, todavía genera algunas dudas a los dueños de animales.

Ley de Bienestar Animal.
Ley de Bienestar Animal.
K.U.

La conocida como Ley de Bienestar Animal, o Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, entró en vigor el viernes 29 de septiembre en España. Desde su aprobación por el Congreso de los Diputados, son muchas las dudas que surgen a los propietarios de mascotas, así como hay abierto un debate y polémica entorno a algunas de sus medidas más controvertidas. La norma dedica un apartado a regular la entrada de los animales a los establecimientos hosteleros.

La nueva norma considera a las mascotas como "seres sintientes" y se han endurecido las sanciones por maltrato animal. Por otro lado, se han desarrollado mecanismos legales para las elevadas cifras de abandono, estableciendo un marco legal común en todo el territorio español.

¿Tengo que dejar a mi perro en la puerta de comercios y hostelería?

La Ley de Bienestar Animal aborda en el segundo punto del artículo 29 el acceso de los perros a locales de hostelería (bares y restaurantes) y a otro tipo de establecimientos públicos y privados. 

Así, tal y como se indica, se facilitará la entrada "de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas" a zonas en las que no se elaboren, almacenen o manipulen alimentos, "sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica".

Además, si el establecimiento no admite la entrada y estancia de dicho animal deberá indicarse en el exterior del mismo mediante un distintivo que sea perfectamente visible.

Las personas que sean responsables de animales de compañía que sí puedan acceder a bares, restaurantes y tiendas deberán llevarlo conforme a las condiciones higiénico-sanitarias y respetando las medidas de seguridad determinada por el propio establecimiento, así como la legislación sectorial específica.

¿Puede entrar mi perro en tiendas y restaurantes en Aragón?

Por lo tanto, los perros podrán acceder a los restaurantes públicos o privados siempre y cuando no entren en conflicto con las ordenanzas municipales. En el caso de Aragón, hay una normativa de la Diputación del Gobierno de Aragón de 2006 que prohíbe la entrada de estos animales en lugares donde se consumen alimentos, por lo que, según la ley, los perros no pueden acceder a estos establecimientos en toda la Comunidad

En Zaragoza, la ordenanza municipal sobre la Protección, la Tenencia responsable y la Venta de Animales establece que "está prohibida la entrada de animales domésticos en todo tipo de locales destinados a la fabricación, cocinas, almacenaje, transporte, manipulación o venta de alimentos", por lo que los perros no pueden entrar en mercados, carnicerías, supermercados, panaderías o ningún establecimiento que venda alimentación.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión