Esta es la multa que te pueden poner por llevar una cinta de la Virgen del Pilar o un ambientador en el retrovisor

La sanción de la DGT está relacionada con entorpecer la visibilidad de quien conduce el vehículo.

Cintas de la Virgen del Pilar puestas en el retrovisor del coche.
Cintas de la Virgen del Pilar puestas en el retrovisor del coche.
K. U.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ejerce muchas veces la función de recordar a todos aquellos que se ponen tras un volante que conviene conocer la Ley de Tráfico vigente, para actualizar los conocimientos sobre las normas actuales y estar al tanto de ciertas irregularidades sancionables que, por salirse de lo habitual, suelen desconocerse.

A finales de 2021 se aprobó una reforma de la citada ley, que entró en vigor en 2022. Se endurecieron las sanciones por infracciones habituales como exceso de velocidad u otras formas de conducción temeraria, como hacerlo sin cinturón, con infantes muy pequeños en el asiento delantero, tras la ingesta de alcohol o estupefacientes… y pasaron a ser penadas con multas otras más leves que, sin embargo, constituyen desde ahora una imprudencia y un obstáculo para la correcta conducción del vehículo, que conlleva castigo.

Multa por dificultar la visibilidad mientras conduces

Llevar cosas colgando del retrovisor central o puestas en el salpicadero es algo que se ve habitualmente, y que ahora mismo puede costar caro. Desde un ambientador a una fotografía de la familia, un cedé, una pegatina o, incluso, una medida de la Virgen del Pilar. El problema no es el objeto, claro, sino su colocación en ese lugar, porque puede interferir en la visibilidad del conductor.

La multa por llevar algo colgando de este espejo (o de los retrovisores laterales) puede ser de hasta 200 euros. Según el artículo 19 del Reglamento General de Circulación, “la superficie acristalada del vehículo debe permitir la visibilidad diáfana del conductor, sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos. Solo se permite circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias”.

La cuantía y procedencia de la multa quedará a discreción del agente de Tráfico que cuestione a la persona que conduce el vehículo. Dependerá de las dimensiones del objeto colgante, situado frente al cristal o pegado al mismo. 

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión