¿Es legal tener una segunda residencia a nombre de una sociedad?

Los expertos aseguran que es una práctica "absolutamente legal" si se tributa correctamente y que "no supone un ahorro" relevante en cuanto a los impuestos pagados.

El chalé de Pedro duque se encuentra en la localidad alicantina de Jávea
¿Es legal tener una segunda residencia a nombre de una sociedad?

El chalé de lujo que el ministro Pedro Duque tiene en la localidad alicantina de Jávea está bajo lupa. Según ha publicado esta mañana 'OK Diario', el titular de Ciencia, Innovación y Universidades supuestamente puso esta segunda residencia a nombre de una sociedad instrumental para eludir el pago de impuestos. La mujer del ministro figura también como administradora solidaria junto a él, de una sociedad patrimonial que no tiene personal contratado y está destinada únicamente a la administración de bienes patrimoniales.

Tras conocerse la información, el Ministerio de Ciencia ha señalado que este hecho "no constituye ilegalidad e irregularidad alguna". El propio Duque en rueda de prensa ha explicado que en su día "les recomendaron" constituir esta sociedad patrimonial y les pareció ventajoso al ser personas "que viven mucho tiempo fuera de España". El ministro ha negado categóricamente que hayan facturado ingresos en la sociedad que correspondan a las personas físicas, algo que él mismo sabe que es "ilegal".

Por su parte, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha explicado esta mañana en una entrevista en TVE que la legalidad del chalé de Duque depende del uso de la sociedad, de "cómo se haya utilizado" esta figura. Ha puntualizado que no tiene datos al respecto por ahora.

Los expertos consultados coinciden en que la diferencia básica entre registrar un domicilio a nombre de una persona física o jurídica reside en los impuestos afectados. En el caso de poner un chalé a nombre de una sociedad se da un ahorro sobre el IRPF, ya que las personas físicas deben tributar por el hecho de tener una segunda vivienda mediante el pago de un porcentaje sobre su valor catastral.

"No supone mucho ahorro"

Tendrán por tanto que pagar los impuestos patrimoniales, no de IRPF porque su domicilio de Jávea está a nombre de la sociedad Copenhague Gestores de Inmuebles SL. Sin embargo, "si ha tributado bien, no supondría mucho ahorro", explica el presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales, Adolfo Jiménez. Debido a que esta empresa no vende nada ni viven de ella, los socios tendrían que imputar como rendimientos el 5% o el 10% del valor catastral: "Si tributan de esta forma, es absolutamente legal", comenta Jiménez. Y el ministro lo aclaró en este sentido también: "Me asesoré suficientemente y he pagado todos los impuestos que tenía que pagar".

En la misma línea lo comenta Luis del Amo, secretario del Consejo General de Economistas REAF, quien afirma que es "legal siempre que se tribute bien", aunque en su opinión "no tiene mucho sentido" hacer algo así si se pagan todos los impuestos, ya que "no supone ningún ahorro significativo".

Desde el despacho de abogados Life, Abel García explica que la sociedad a la que está a nombre la vivienda debería estar recibiendo una renta parecida al valor de mercado por parte de los propios socios. Esto es lo que el ministro ha valorado como su "autoalquiler de la casa de la playa" en su comparecencia. García califica de "ineficiente" la estrategia de utilizar una sociedad para tener una vivienda habitual pero asegura que desde un punto de vista fiscal, "no hay ninguna ilegalidad, solo una mala planificación", ya que podría estar pagando incluso "más impuestos" de esta forma.

La diferencia de este caso con el del exministro Máxim Huerta es que en su caso la Agencia Tributaria y los tribunales de Justicia le sancionaron por haber empleado la sociedad para facturar a través de ella los ingresos que obtenía personalmente.

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