Condenan a 18 años a Txeroki por enviar un paquete bomba a una periodista en 2002

La caja contenía 230 gramos de dinamita-goma y un detonador alimentado con pilas, lo que hubiera provocado la muerte de cualquier persona en un radio de cuatro metros.

Garikoitz Aspiazu Rubina, Txeroki, durante el juicio el pasado mes de julio.
Condenan a 18 años a Txeroki por enviar un paquete bomba a una periodista en 2002
Efe

La Audiencia Nacional ha condenado a 18 años de cárcel al etarra Garikoitz Aspiazu Rubina, Txeroki, por intentar matar con un paquete bomba en enero de 2002 a la entonces delegada de Antena 3 en el País Vasco, María Luisa Guerrero.

La sección tercera de la Sala de lo Penal le impone además el pago de una indemnización de 100.000 euros a la víctima, otros 50.000 a su hermana, que fue la que recibió el paquete, y 50.000 más a los herederos de su madre, que también se encontraba en la casa, junto a su nieta de 3 años, cuando llegó el envío con la bomba.

La sala considera probado que Txeroki formaba en 2002 parte del comando K Olaia junto con Idoia Mendizábal Múgica y Asier Arzalluz Goñi, ya condenados por estos hechos, y que los tres decidieron acabar con la vida de la periodista, que era objetivo de ETA desde al menos el año 2000, para lo que enviaron a su casa de Leioa (Vizcaya) el paquete, que fue desactivado por personal especializado y no llegó a explotar.

Con en envío del paquete, con remitente de la asociación empresarial Confebask, los etarras asumían, dice la sentencia, "el riesgo que para cualesquiera otras personas residentes en dicho domicilio se derivara del contacto que tuvieran con el paquete bomba".

Consistía, describe la sentencia, en una caja de cartón del tamaño de una de zapatos que contenía 230 gramos de dinamita-goma y un detonador eléctrico alimentado con pilas, y la bomba se accionaba abriendo la caja.

La que recogió el paquete fue la madre de la periodista, quien llamó por teléfono a su hija y recibió como contestación que no lo tocara porque no esperaba ningún envío. Acto seguido llamó a la Ertzaintza, que se personó en el domicilio y desactivó el paquete en la calle.

Como consecuencia de la acción, dice la sentencia, la hermana de la periodista ha padecido "angustia, ansiedad, irritabilidad, fractura del normal ciclo del sueño y apetito, así como un cuadro depresivo reactivo y episodios de ansiedad generalizada", que han precisado tratamiento.

La madre de ambas también sufrió un trastorno ansioso depresivo y requirió de tratamiento hasta su fallecimiento en 2008, dice la sala.

Los magistrados analizan los indicios que llevan a la declaración de culpabilidad de Txeroki, entre ellos las huellas dactilares del condenado que se hallaron en dos albaranes de la empresa de paquetería desde donde se mandó la bomba, SLT, así como en varios objetos encontrados en la casa donde vivían los tres etarras del comando.

Basan también su condena en las declaraciones que prestó en 2004 un colaborador del comando, Gorka Martínez, cuando afirmó que Txeroki formaba parte del grupo y que las decisiones las tomaban entre los tres.

Aunque Martínez se desdijo de sus palabras en el juicio celebrado este mes ante la Audiencia Nacional alegando que declaró bajo torturas, la sala no da credibilidad a estos supuestos malos tratos porque "en modo alguno están corroborados".

Subrayan también los informes periciales según los cuales la cantidad de explosivo que contenía el paquete provocaría la muerte, en un radio de acción de cuatro metros, de las personas que se encontraran en la vivienda, donde la víctima vivía con su madre, su hermana y su sobrina.

Además de la pena de prisión y las indemnizaciones, el tribunal le impone al acusado, una vez alcanzada la libertad, la prohibición de aproximarse a menos de 50 kilómetros de la víctima y su hermana, así como de comunicarse con ellas por cualquier medio por un periodo de cinco años.

Txeroki, considerado dirigente del aparato militar de ETA, fue detenido en el sur de Francia en noviembre de 2008, donde ha sido sentenciado ya por varias causas y cumple actualmente condena.

La primera condena en España le fue impuesta por la Audiencia Nacional en 2011, cuando fue sentenciado a 377 años de prisión por el intento de asesinato de Esther Cabezudo, la exteniente de alcalde de Portugalete, en febrero de 2002.

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