La fiscalía mantiene su petición de 1 año de cárcel para Maestre

Las acusaciones particulares ven acreditado que se ofendió y que si no hay condena, se permitirá vejar el cristianismo.

La Fiscalía mantiene su petición de pena de un año de cárcel por presunta comisión del delito contra los sentimientos religiosos para Rita Maestre por el 'asalto' a la capilla del campus de Somosaguas de la Universidad Complutense al entender que las formas con las que realizaron la protesta se enmarca dentro de la responsabilidad penal y "no es admisible" en el Estado de Derecho, añadiendo que es una decisión de estricto "respeto a la legalidad" e instando a que nadie vea "fantasmas de crítica política".


Así lo ha indicado la representante del Ministerio Público en la fase de conclusiones de la vista oral del juicio sobre los hechos acaecidos en 2011. La fiscal ha indicado que en el momento de los hechos tanto Maestre como Hector Meleiro, el otro acusado, no tenían ninguna relevancia "política ni social".


Indica que los hechos se calificaron en 2011 y que el motivo por el que se está juzgando ahora, en 2016, se debe solo a que "a veces desgraciadamente" la Justicia actúa con pasos "lentos" y que el deber del Ministerio Público es actuar cuando el derecho a la religiosidad se ve "vulnerado".


"Estos hechos se hubieran enjuiciado igual si hubieran ocurrido dentro de una mezquita o una sinagoga", ha asegurado la fiscal para asegurar que lo ocurrido en la capilla, a su juicio, puede considerarse "profanación" aunque no hubiera ceremonia religiosa en ese momento, por la forma de la protesta y las consignas que se profirieron.


"Decir me 'Cago en dios' delante del sagrario para las personas que allí están desplegando su fe es un acto de profanación", ha recalcado la representante del Ministerio Fiscal.


Para el caso de Meleiro, la Fiscalía rebaja su solicitud y pide que se le aplique el artículo 525 del Código Penal, especificando una multa por periodo de 12 meses a razón de 10 euros diarios. Este tipo penal refleja actuaciones de ofensa de sentimiento de una confesión religiosa.

Para el caso de Meleiro, el Ministerio Público cree que se situó en la parte de atrás y no tuvo tanto protagonismo como las mujeres que participaron en esta protesta que derivó en "profanación".


La Fiscalía ve acreditado los hechos calificados de delito por las formas que llevaron a cabo para reivindicar que en un espacio público no hubiera un lugar de culto religioso, y cree que los mensajes y las acciones se hicieron para "ridiculizar" y hacer "burla" de una creencia como es la religión católica.


Aprecia que se causó "daño moral" a las personas que tuvieron que presenciar "el espectáculo" de esta acción, que se hizo con ánimo de "ofender" y que derivó en que alguna de las personas que rezaban en la capilla acabara llorando y con síntomas de ansiedad.


"Nos parece gravísimo decir que fue un acto pacífico", ha enfatizado la fiscal en referencia a la declaración de Maestre, que cinco años después de la protesta dentro de la capilla sigue manteniendo que era legítima a pesar de sus formas.


Ha subrayado que igual que los creyentes no pueden imponer su ideología o su forma de ver la vida, los no creyentes tampoco y precisamente lo que hicieron los participantes del 'asalto' era imponer sus creencias. "Es muy importante proteger derechos fundamentales y el respeto, que se respeten los límites, proteger la democracia y derechos fundamentales son muy importantes, procede una sentencia condenatoria", señala.


Por su parte, el abogado de Alternativa Española (una de las acusaciones particulares), Jaime Fernández- Pacheco, al inicio de su intervención ha querido incluir también otros tipo penales como el 510, que alude a la incitación al odio, si bien la defensa de Maestre y la titular del Juzgado de lo Penal número 6 le han advertido de la posibilidad de suspender el juicio si seguía en su pretensión, de la que finalmente ha declinado.


Al final, ha mantenido la solicitud de condena tanto de Maestre como de Meleiro de un delito contra los sentimientos religiosos y entiende que la edil de Ahora Madrid fue "líder" de la protesta. Aludiendo a la declaración de Maestre donde alegaba que se sumó espontáneamente al grupo, el letrado ha dicho que tuvo oportunidad de corregir su actitud cuando el capellán les advirtió de que no entraran en el templo y no le hizo caso. El representante de la acusación particular ha señalado que el templo en sí es un elemento "sacro" y la "mayor burla" que se puede realizar es "profanar" este espacio y su espacio más significativo, como es el altar. "Entraron 60 para apabullar", ha recalcado para insistir en que si los dos no son condenados, los creyentes están expuestos a que les "vejen".


A su vez, el letrado del Centro Tomás Moro, Javier María Pérez-Roldán, ha indicado que no se puede "vender" una versión de que los dos acusados "actuaron como corderos" y se sumaron a una protesta, para añadir que sí se interrumpió un acto religioso como era el rezo de las personas allí presentes.


En declaraciones a los medios de comunicación durante un receso, el letrado se ha referido al perdón que ha manifestado Maestre en su declaración ante el arzobispo de Madrid, Carlos Osoro, de una "disculpa estratégica", y ha indicado que si lo hubiera hecho en la sala ante las "víctimas" de su acción, incluso habría retirado su acusación.


Cree acreditado que Maestre actuó en un acto de ofensa contra la religión católica como se aprecia en vídeos y grabaciones y en testigos como el capellán. Además, cree que el hecho de que hubiera un manifiesto acredita que era un acto organizado, por mucho que los acusados se desvinculen.

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