Transparencia

¿Cómo queda la Ley de Transparencia del Gobierno?

¿A quién se aplica?, ¿qué información se podrá solicitar?, ¿cómo se hará?, ¿quién rige sobre la ley?

La Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, que ha sido aprobada este viernes definitivamente en el Congreso y que ha cambiado de forma radical tras más de un año de tramitación parlamentaria, queda como sigue:

¿A quién se aplica?

A todas las administraciones públicas y organismos, entidades, asociaciones, corporaciones y fundaciones del sector público, así como a las sociedades mercantiles participadas por esas entidades en un 50 %.


También a la Casa de su Majestad el Rey, el Congreso de los Diputados, el Senado, el Tribunal Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial, así como el Banco de España, el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Económico y Social y las instituciones autonómicas análogas.


Quedan afectados además los partidos políticos, las organizaciones sindicales y empresariales y las entidades privadas que perciban durante un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros, o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo 5.000 euros.

¿A qué obliga?

Las instituciones públicas afectadas estarán obligadas a publicar de forma periódica y actualizada su organigrama, sus planes programas, objetivos y actividades, con grado de cumplimiento e indicadores.


También, las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares, respuestas a consultas planteadas, proyectos legislativos, memorias e informes, y todos sus contratos, convenios, encomiendas de gestión, subvenciones y ayudas públicas concedidas, presupuestos, auditorías e informes de fiscalización.


Publicarán además las retribuciones percibidas anualmente por sus altos cargos y máximos responsables y las indemnizaciones que perciban los que abandonen el cargo, las resoluciones de compatibilidad y las declaraciones de bienes y actividades de los representantes locales.


Por su parte, los partidos, los sindicatos, la patronal y las entidades privadas deberán publicar los contratos y convenios que firmen con las administraciones públicas y las subvenciones y ayudas que reciben.


Las administraciones públicas publicarán igualmente la relación de los bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real.

¿Dónde se publicará la información?

En un Portal de la Transparencia que dependerá del Ministerio de la Presidencia.


El acceso deberá ser fácil y gratuito, en formatos reutilizables y adaptados a discapacitados.

¿Quién puede solicitar la información?

Todos los ciudadanos pueden hacerlo dirigiendo una solicitud al titular del órgano administrativo o entidad que posea la información, sin necesidad de motivarla.


La solicitud podrá presentarse en cualquiera de las lenguas cooficiales y por cualquier medio que permita tener constancia la identidad del solicitante, de la información que solicita y de una dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones.

¿Qué información no se proporcionará?

Aquella que suponga un perjuicio para la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública, la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios y la igualdad de las partes en los procesos judiciales y en la tutela judicial efectiva.


Tampoco la que perjudique a las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control; los intereses económicos y comerciales; la política económica y monetaria; el secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial; la garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión y la protección del medio ambiente.

¿Y sobre la información de la Casa Real?

La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno será el órgano competente para tramitar el procedimiento mediante el que se solicite el acceso a la información que obre en poder de la Casa del Rey.

¿Cómo se protegeran los datos personales?

Si la información solicitada contuviera datos personales, sólo se facilitará si cuenta con el consentimiento expreso y por escrito del afectado, a menos que éste hubiese hecho públicos esos datos con anterioridad.

¿Qué es el consejo de transparencia y buen Gobierno?

Un órgano independiente, de nueva creación, que velará por el cumplimiento de la ley y que sólo tendrá competencias en aquella comunidades autónomas que hayan firmado un convenio al efecto.

¿Quienes componen este órgano?

Un presidente y una comisión formada por siete personas: un diputado, un senador, un representante del Tribunal de Cuentas, otro del Defensor del Pueblo, otro de la Agencia Española de Protección de Datos, un representante de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y otro de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.

¿Quién los elige?

El presidente será nombrado por un período no renovable de cinco años mediante Real Decreto, a propuesta del ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, por mayoría absoluta en el Congreso.


El Gobierno deberá aprobar el Estatuto que establecerá la organización, estructura y funcionamiento del Consejo.

¿Qué es el buen gobierno?

Son siete principios generales y nueve principios de actuación por los que debe regirse la actividad de los altos cargos, incluidos los miembros del Gobierno.

¿Cuándo entrará en vigor?

La ley entrará en vigor dentro de un año, a excepción de la parte de Buen Gobierno, que lo hará al día siguiente de su publicación en el BOE.


Las comunidades y ayuntamientos dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse.