Gastos que te puedes deducir en la declaración de la renta y no sabes

El Colegio Oficial de Economístas de Aragón recuerda incluir en la declaración de la renta algunos gastos que siempre se pasan y que son deducibles.

Gastos que te puedes deducir en la declaración de la renta y no sabes
Gastos que te puedes deducir en la declaración de la renta y no sabes

El Colegio Oficial de Economistas de Aragón recuerda incluir en la declaración de la renta de 2015 el seguro de vida u hogar obligatorios por el banco prestamista y los gastos ocasionados de abogado o procurador si se ha recurrido la cláusula suelo de la hipoteca, y al final se ha eliminado, dentro de la base de deducción por vivienda habitual.


Además considera que si está casado en régimen de gananciales y se amortiza más de 9.040 euros es mejor presentar declaración individual para aprovechar más el importe de deducción. Estas son algunas de las recomendaciones expuestas en Zaragoza durante la presentación del documento ‘Declaración de Renta y Patrimonio’ elaborado por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) de la institución y que va destinado a ayudar a la sociedad y a los profesionales a la hora de la confección de la declaración.


Rubén Gimeno, responsable del servicio de estudios, también hace hincapié en los donativos, “que mejora mucho”. “Si damos un donativo a una fundación o asociación sin ánimo de lucro, que deducía un 25%, ahora en los primeros 150 euros la deducción es del 50%”, explicó. Asimismo si en los años 2012, 2013 y 2014 se dio también donativos a la misma entidad hay que ponerlo en la casilla correspondiente de la declaración, ya que en lugar de un 27,50% se puede deducir un 32,0%. Gimeno también hizo hincapié en incluir en la declaración la subvención del Plan Pive si ha comprado un coche el año pasado.


En cuanto a las novedades de la renta de 2015, Luis del Amo, secretario general técnico del REAF, destaca la supresión de los primeros 1.500 euros de dividendos y la posibilidad de los mayores de 65 años de exonerar las ganancias de patrimonio obtenidas en la transmisión de cualquier bien o derecho si el importe obtenido lo reinvierten en la constitución de una renta vitalicia, aunque con un máximo por contribuyen de 240.000 euros, entre muchas otras.


Del Amo como Gimeno no se han mostrado satisfechos con la nueva plataforma Renta Web puesta en marcha este año por la Agencia Tributaria tras el colapso que registró el primer día de funcionamiento. Un colapso, que recordaron, “fastidió mucho” a los profesionales porque tenían hasta el 20 de abril presentar todas las declaraciones.

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