El TSJA confirma la sentencia de lo Mercantil sobre los 62 despidos en la concursada Telnet

La sala de lo Social de dicho tribunal inadmite la adhesión al recurso del comité formulada por diversos trabajadores de dicha empresa y desestima también el recurso de suplicación interpuesto por el propio comité contra el auto del Juzgado de lo Mercantil de Zaragoza de septiembre de 2023

Concentración de los trabajadores de Telnet Redes Inteligentes en la plaza del Pilar de Zaragoza.
Concentración de los trabajadores de Telnet Redes Inteligentes en la plaza del Pilar de Zaragoza.
Toni Galán.

La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza del pasado septiembre de 2023 sobre el ERE de 62 despidos en la empresa concursada Telnet Redes Inteligentes. 

La citada sala inadmite la adhesión al recurso del comité formulada por diversos trabajadores de dicha empresa (por no pertenecer a la sección productiva objeto del expediente extintivo) y desestima el recurso de suplicación interpuesto por el propio comité de empresa contra el auto del Juzgado de lo Mercantil de Zaragoza.  

Para el TSJA, frente a lo que planteaban dichos recursos, el ERE fue por causas económicas, productivas y organizativas invocadas por la empresa Telnet, en concurso voluntario de acreedores desde el pasado 13 de abril de 2023, y no hay ninguna "existencia de grupo empresarial", argumento que -recuerda la sala-ya fue descartado "con rotundidad" por el Juzgado de lo Mercantil número 2 al autorizar el expediente extintivo. 

Aunque cabe interponer recurso de casación contra esta sentencia del TSJA, del pasado 9 de febrero, por parte del comité de empresa de Telnet, previsiblemente no lo recurrirá, según han anticipado fuentes consultadas por HERALDO, y lo que ocurrirá es que en marzo, el ERE de 62 despidos volverá al Juzgado de lo Mercantil, es decir, a la administración concursal, que expedirá el correspondiente certificado a cada uno de los trabajadores afectados para que puedan cobrar la mínima indemnización por despido del Fogasa, que es de 20 días por año trabajado y 12 mensualidades.

El fallo de la sala de lo Social del TSJA corrobora las causas del despido colectivo en Telnet. Tanto la "productiva", ya que "se dice expresamente que la cartera de pedidos de la concursada ha evolucionado negativamente desde un previo expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) de noviembre de 2022 y que ha experimentado una caída del 69% sobre los niveles del referido mes de noviembre". Y en cuanto a la causa organizativa, "se describe la eliminación de dos de las cuatro líneas de negocios de la empresa" como otra de las razones “sobre las que la parte social no realizó alegaciones". 

Estos argumentos, según el tribunal, acreditan que "aunque la causa económica de despido" pudiera "estar viciada por la falta de aportación de las cuentas de los últimos años", como aludía el comité de empresa en su recurso, las causas organizativas y productivas sí estarían justificadas. 

Por tanto, el TSJA concluye con la inadmisión del recurso por parte del comité de empresa al considerar que están acredictadas las causas del despido y no existir ningún "grupo de empresas". "Ni uno ni otro de esos presupuestos", señala el fallo, han quedado constatados, "con lo que la indemnización solicitada conforme a los parámetros del despido improcedente no puede admitirse".

Desde el despacho de abogados Palazón, que defiende a un grupo de trabajadores, esperarán ahora a que se abra la sección de calificación del concurso al entender que no ha sido fortuito sino culpable para lo que presentará las correspondientes alegaciones en defensa de los intereses de algunos de los empleados despedidos.

 

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