Wallapop, Vinted o Airbnb informarán a Hacienda sobre las ventas intermediadas

Enviarán antes de abril los datos de 2023, pero solo de los vendedores con más de 30 operaciones al año, con un importe superior a 2.000 euros

Wallapop.
Wallapop informará a Hacienda sobre las ventas intermediadas
Wallapop

Las plataformas de venta por internet entre particulares, como Wallapop, Vinted o Airbnb, tendrán que comunicar a Hacienda antes de abril las operaciones llevadas a cabo en 2023 por vendedores que hayan utilizado estas plataformas. En el caso de vendedores ocasionales solo tendrán que informar sobre aquellos que superen las 30 operaciones anuales de venta de bienes, con un importe superior a 2.000 euros. Tampoco tendrán que informar si los vendedores son entidades estatales o entidades cotizadas.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la orden ministerial con el modelo 238 de declaración informativa por parte de operadores de plataformas, y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación. Esta obligación de informar por parte de las plataformas de venta por internet resulta de la transposición de una directiva europea sobre intercambio de información fiscal entre países de la Unión Europea (UE) respecto a operaciones digitales y que se aprobó por real decreto el pasado 30 de enero.

Están obligados a comunicar determinada información ante la Administración Tributaria española los operadores de plataforma registrados en España, en concreto información relativa a los vendedores que utilizan sus plataformas, en la medida en que dicha plataforma permite a los vendedores ponerse en contacto con otros usuarios para llevar a cabo una actividad pertinente.

Los operadores deberán aplicar las normas y procedimientos de diligencia debida sobre dichos vendedores a los efectos de la obtención y verificación de dicha información.

El real decreto explica que se debe informar respecto de las denominadas 'actividades pertinentes'. Se consideran como tales el arrendamiento o cesión temporal de uso de bienes inmuebles, los servicios personales, la venta de bienes y el arrendamiento de cualquier medio de transporte.

En concreto, deberán comunicar diversos datos relativos a las operaciones en las cuales intermedian tales como identificación de los operadores de plataforma y vendedores; actividades desarrolladas por estos; contraprestación e identificación de las cuentas financieras utilizadas para el cobro de la misma; tributos, comisiones, tarifas y otras cuantías retenidas o cobradas por el operador, entre otros datos.

Estos datos se tienen que declarar durante el mes de enero siguiente al año natural posterior a aquel en el que el vendedor haya sido identificado como 'vendedor sujeto a comunicación de información'. No obstante, la declaración a presentar durante el año 2024 respecto del año natural 2023 tendrá un plazo específico de dos meses desde que entre en vigor la Orden reguladora del modelo de declaración, al día siguiente de su publicación en el BOE.

Además, este real decreto pretende implantar en España el Acuerdo Multilateral entre Autoridades competentes sobre intercambio automático de información relativa a los Mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas y sus normas tipo de comunicación obligatoria de información para abordar mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información.

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