PENSIONES

Los trabajadores a tiempo parcial mejorarán a partir de octubre sus futuras pensiones

Una hora cotizada computará como día completo no solo para calcular su jubilación sino también para muchas otras prestaciones.

Protesta de los pensionistas en la plaza del Pilar.
Protesta de los pensionistas en la plaza del Pilar.
Francisco Jiménez

Los más de 2,8 millones de trabajadores a tiempo parcial que hay en España tienen ya los mismos derechos que los que están contratados a tiempo completo de cara al periodo de cómputo para calcular su jubilación. Y, a partir de octubre, este método que les beneficia se extiende a otras pensiones contributivas. Así, aunque coticen apenas una hora, la Seguridad Social se la contabilizará como un día entero.

No es una cuestión baladí, puesto que se requiere tener como mínimo 15 años cotizados para acceder a una pensión de jubilación contributiva, más generosas que las no contributivas, y antes, por ejemplo, este colectivo necesitaba trabajar 30 años en lugar de 15 si estaban a media jornada. Además, se exige haber cotizado 37 años y 9 meses para alcanzar el 100% de la pensión y, asimismo, cuantos más años se acumulen, mejor será la paga que consigan cuando abandonen el mercado laboral.

Pese a que esta forma de cálculo de la jubilación se aplica para los empleados a tiempo parcial desde el verano de 2019, a raíz de varias sentencias judiciales, la ley no lo ha recogido hasta ahora, cuando se modificó la redacción en la última reforma de las pensiones, aprobada el pasado 16 de marzo. Es más, entrará en vigor oficialmente a partir del próximo 1 de octubre, gracias al cambio del artículo 247, que además establece como novedad que cada día de alta con un contrato a tiempo parcial se considera día cotizado, «cualquiera que sea la duración de la jornada realizada», a efectos de acreditar no solo los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, sino además para las de incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor.

Esto puede suponer importantes mejoras para este colectivo, que está formado mayoritariamente por mujeres (son más del 70%), empleadas en el sector servicios y, en su inmensa mayoría, de forma indeseada o por atender al cuidado de sus hijos u otras obligaciones familiares.

Este cambio en la forma de calcular sus pensiones viene motivado por un tirón de orejas a España del Tribunal Europeo que poco después ratificó el Constitucional. En una sentencia de agosto de 2019, declaró «inconstitucional, nulo y discriminatorio» el método de cómputo de los periodos de cotización a tiempo parcial que tenía en cuenta la Seguridad Social para determinar la cuantía de la pensión de jubilación. El Alto Tribunal entendía que este colectivo estaba sufriendo una doble penalización, ya que el trabajador a tiempo parcial ya tiene una pensión menor por ganar menos y, además, se le obligaba a cotizar por más tiempo. A su vez, advirtió que se trataba de una discriminación indirecta por razón de sexo, puesto que las mujeres son las más perjudicadas.

A raíz de este dictamen, la Seguridad Social aplicó ya estos criterios de un día cotizado independientemente de las horas de trabajo para todas las solicitudes de jubilación. Y desde octubre lo hará también para las otras pensiones contributivas.

Errores en la vida laboral

Pero, ¿qué pasa con todos los trabajadores subempleados que se jubilaron antes de 2019? A ellos no se les reconoce de oficio y la única vía es que acudan a los tribunales a exigirlo. Sin embargo, tienen todas las de ganar, puesto que existen multitud de sentencias que ordenan que se les revise el cálculo a ellos también. Es más, incluso un reciente fallo de un juzgado de Navarra llegó más allá y pidió a la Seguridad Social que abonara la mejora en la pensión que acarrea el nuevo cálculo con carácter retroactivo desde el momento del alta, en este caso desde 2016.

Por ello, CC OO insta a todos los que se jubilaron antes de 2019 a pedirlo y, de igual manera, solicita a la Seguridad Social que recoja correctamente los periodos cotizados a tiempo parcial en la vida laboral, algo que ahora no hace y da lugar a malentendidos.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión