¿Quién paga la baja laboral en España?

A lo largo de la vida laboral, es habitual que los trabajadores soliciten una incapacidad laboral por contingencias comunes o profesionales. El pago dependerá del día en de la baja en la que se encuentra en preceptor.

Quién paga la baja laboral
Quién paga la baja laboral
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Estar de baja laboral no es plato de gusto para nadie. Pero ocurre en ocasiones y por distintas causas. Los trabajadores en España cuentan en estos casos con unos derechos que les permiten salvaguardar su bienestar económico cuando no se encuentran en condiciones de trabajar durante un periodo de tiempo y reciben una prestación económica de la que se hacen cargo la empresa y la Seguridad Social.

No todos los días de la baja se cobra lo mismo ni corre a cargo del mismo pagador. Depende del tipo de baja que se solicita. Para saber quién abona el sueldo del trabajador de baja, es necesario conocer las dos categorías de incapacidad que existen porque determinan el pagador al fin y al cabo.

Quién paga la baja por contingencias comunes y cuánto se cobra

Si se trata de una baja por contingencias comunes, como consecuencia de una enfermedad común o por un accidente no laboral, donde la empresa no tiene nada que ver con la causa. La forma de pago y el pagador es la siguiente:

  • Del día 1 de baja al día 3: no se paga nada
  • Del día 4 al 15 de la baja: la empresa abona el 60% de la base reguladora
  • ​Del día 16 al día 20 de la baja: será la Seguridad Social la que abone la prestación
  • ​Del día 21 de baja hasta el año: la Seguridad Social abonará el 75% de la base reguladora.
  • Si la baja es por enfermedad o accidente se puede prorrogar otros 180, si durante este último periodo se prevé su curación.
  • ​Cabe destacar que estas cuantías pueden mejorarse a través de los convenios laborales específicos.

Quién paga la baja por contingencias profesionales y cuánto se percibe

Cuando la baja se produce por contingencia profesional significa que ha sido originada por una enfermedad profesional o un accidente laboral. Esta baja está regulada por el Real Decreto 1299/2006 entre otra normativa y se debe justificar apropiadamente. En este caso la forma de pago es la siguiente

  • El día 1 de la baja se cobra el 100% del salario a cargo de la empresa
  • ​Desde el día 2 de la baja en adelante: la Seguridad Social abonará el 75% de la base reguladora. 
  • En este caso también se pueden mejorar las cantidades a través de los convenios.

Requisitos para cobrar la baja laboral

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada al alta.
  • Si la baja es por contingencias comunes es necesario haber cotizado al menos 180 días en los cinco años previos.
  • Si la baja sea por contingencias profesionales no es necesario tener cotizaciones acumuladas.

>>> Toda la información sobre el procedimiento de incapacidad temporal en la web de la Seguridad Social

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