Administración y empresas estrenan marco

La nueva ley de contratos del sector público entra en vigor en apenas dos semanas, el 9 de marzo. La legislación transforma de forma significativa las interacciones contractuales entre la administración y el sector privado.

La legislación en datos.
La legislación en datos.

La contratación pública equivale al 18,5% del PIB en España. No hablamos de cualquier cosa: supone cerca de 200.000 millones de euros al año. Un ingente intercambio económico entre la administración y las empresas privadas para el que en apenas dos semanas cambian las reglas. Y de modo significativo.

El 9 de marzo entra en vigor la nueva ley de contratos del sector público, el marco normativo para las adjudicaciones de las administraciones al sector privado. Una legislación que en su mayor parte viene impuesta por Europa, a través de las directivas comunitarias de este ámbito que el Estado español está obligado a trasponer.

Hay muchos cambios específicos y alguno más global. En general, la nueva ley supone un cambio de cultura por las dos partes (contratantes y contratistas): el criterio económico para las adjudicaciones deja de ser primordial y en su lugar habrá otro basado en un balance entre la calidad y el precio. Porque el coste deja de referirse exclusivamente a lo que un ente público desembolsa por una obra o servicio; ahora se tendrán también en cuenta otros costes hasta ahora aparcados como el medioambiental o la contribución a la innovación. Ya no habrá mención a la "oferta económicamente más ventajosa". El contrato ya no es un gasto, sino una inversión.

Las implicaciones de esto pueden ser grandes. Las condiciones laborables y salariales derivadas del contrato pueden ser ahora un criterio de adjudicación. También puede puntuar más subcontratar por ejemplo con empresas sociales. Mientras, el impago del salario a los trabajadores o el incumplimiento del convenio colectivo puede ser causa de resolución del contrato.

Dos nuevas figuras

De las modalidades existentes de contratación, en la nueva ley desaparece una de las más habituales: el procedimiento negociado sin publicidad, que restaba transparencia a las tramitaciones. A cambio, se crean dos figuras nuevas: el procedimiento de asociación para la innovación y el procedimiento abierto simplificado. Este último –en el que Aragón ya tiene experiencia puesto que la ley autonómica de 2011 contempla uno similar–, para un máximo de dos millones de euros en contratos de obras y de 100.000 en el caso de servicios.

Mientras, los contratos menores reducen su cuantía máxima: los de obra pasan a 40.000 euros (de 50.000) y los de servicios, a 15.000 euros (de 18.000); este importe tope no puede superarse por parte de un mismo contratista, aun troceándolo, en un plazo de doce meses. Como trasfondo, la lucha contra la corrupción.

En estos contratos, deberá elaborarse un informe que deje claro que se trata de una necesidad sobrevenida. Además, de la mano del intento por aportar más transparencia, la información relacionada con las adjudicaciones tendrá que publicarse, como mínimo trimestralmente, por internet en el perfil del contratante del órgano de contratación.

Las pymes pueden beneficiarse de otro cambio: la división por lotes pasa a ser la norma, y no al revés. En caso de no partir el contrato, habrá que justificar por qué.

En el sector empresarial, la nueva ley se acoge con optimismo. "Incluye elementos para favorecer la participación, la competencia, la transparencia, y la valoración de factores técnicos y no solo económicos en la resolución de las licitaciones", analizan desde el departamento jurídico del grupo MLN, para el que al "introducir la mejor relación calidad-precio como criterio de adjudicación" se beneficia a la administración. Las mismas fuentes valoran que se "palíe la problemática de las bajadas temerarias", aunque también reclaman que se establezcan "criterios de reparto de responsabilidades con el contratista en el caso de errores o defectos en los proyectos", para que este no tenga que asumirlos íntegramente.

Mientras, y pese a poner reparos a su desarrollo técnico, la patronal valora positivamente el "contenido" de la nueva ley. Tanto el principio de transparencia como la necesidad de publicar los anuncios en una plataforma de contratación a nivel estatal. "Hasta ahora era bastante complicado ir siguiendo las ofertas", considera Inmaculada Cugat, de la CEOE.

Cugat hizo estas afirmaciones la semana pasada en una jornada organizada por el Gobierno de Aragón dirigida –hay que precisar– a los empleados públicos.

En la misma cita, desde Cepyme, Eugenio García-Rodeja recordó que la norma "implica una exigencia de formación muy seria", principalmente en la administración. "Pongan a sus mejores cerebros a trabajar en la redacción de buenos pliegos", lanzó García-Rodeja a los gestores públicos.

También intervinieron los sindicatos, más escépticos. Esteban Lauroba, de UGT, consideró "fundamental" que se introduzcan "en los pliegos de condiciones cláusulas de verificación de pago de salarios". También reclamó que se determine a qué se refieren con "impago de salarios". "La protección en material laboral sigue quedando en muchos aspectos por mejorar", zanjó.

Las mencionadas jornadas reunieron también a un buen número de académicos de Derecho Administrativo. Julio González García, catedrático en la Complutense, destacó que se trata de una ley "complicada de aplicar" y en la que observa "sesgos conservadores". "No sé si tenemos gente cualificada (en la administración) para aplicarla", añadió.

"Problemas con Europa"

Similar opinión expresó Julio Tejedor, catedrático en la Universidad de Zaragoza y en la actualidad secretario general técnico de la Presidencia del Gobierno de Aragón. "La ley no va a permitir aplicar adecuadamente las directivas, y eso nos va a volver a crear problemas con Europa", manifestó Tejedor, para quien la norma "se ha construido en un entorno tóxico", ya que "el que levanta la voz contra ella parece defensor de la corrupción". Además, denunció que la legislación incluye "técnicas regulatorias perversas para bloquear a las administraciones autonómicas", por lo que incluso podría no ser "constitucional".

Frente a esto, para Francisco Blanco, director de Coordinación de Contratación Administrativa del Ayuntamiento de Barcelona, la ley tiene "grandes valores". "No se abandona la idea de que el ganador debe acreditar suficiente solvencia, pero se le preguntará cuando acabe el proceso; no antes y a todos. Es un gran avance. Se trata de descargarnos de trabajo, de partir de un principio de confianza en el mercado", observó.

Blanco lanzó también un mensaje a los ayuntamientos más pequeños, ante la preocupación de cómo aplicar la norma: "No tienen que preocuparse por la letra de la ley, deben exigir programas electrónicos que les permitan tener catálogos de productos y servicios a su disposición. Las diputaciones y comunidades autónomas deben elaborar centrales de servicios de compra pública para el pequeño ayuntamiento. Se ha hecho en Chile, Italia, Francia…".

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