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El fiscal del TSJA discrepa con la prisión permanente para el parricida de La Almozara

Cree que la víctima no era "especialmente vulnerable", condición para aplicar la pena máxima del Código Penal.

El parricida de La Almozara, Héctor López, durante un juicio.
El parricida de La Almozara, Héctor López, durante un juicio.
Oliver Duch

El fiscal de la Comunidad Autónoma de Aragón, Carlos Sancho, cree que Héctor López Ferrer no debería haber sido condenado a prisión permanente revisable por haber asesinado a su padre de 56 cuchilladas el 28 de junio de 2021 en su domicilio de La Almozara y haber intentado matar a su madre. A su juicio, la víctima, Javier López, de 71 años, no era una persona "especialmente vulnerable", uno de los seis criterios que exige el Código Penal para imponer el castigo máximo.

Así lo expuso este jueves ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en la vista del recurso presentado por la abogada defensora de Héctor López, Alba Vicente. El jurado declaró al acusado culpable de asesinato con las agravantes de alevosía, parentesco, ensañamiento y desvalimiento por las condiciones físicas del fallecido, cuestión esta última que "hipergravaba" el delito. 

La acusación particular, a cargo del abogado José María Lumbreras, logró convencer al tribunal popular de que Javier López sufría una lesión en el hombro (había sido operado cuatro meses antes del manguito rotor), problemas en la columna y había sido intervenido años atrás de los meniscos, lo que lo hacía especialmente vulnerable ante un ataque sorpresivo.

"Principio de legalidad"

De hecho, durante el juicio celebrado en la Audiencia en febrero pasado, el representante de la Fiscalía Provincial tuvo que adherirse a la petición de prisión permanente revisable una vez conocido el veredicto y ajustada la pena a la decisión del jurado. Sin embargo, este jueves, Carlos Sancho expuso que, en virtud del "principio de legalidad", tenía que manifestar sus "dudas" a la hora de entender esa vulnerabilidad. 

El fiscal citó sentencias del Tribunal Supremo en las que se condena a prisión permanente revisable por asesinatos de personas que no se valían por si mismas, estaban encamadas, dependían de terceros para su supervivencia y estaban incapacitadas para participar en la sociedad, lo que no era el caso del fallecido. "Salía a pasear, hacía la compra, era independiente y llevaba una vida normal, como dijeron los testigos en el juicio", señaló. Por esa razón, dejó a "conciencia" de los magistrados la posible modificación de la condena.

La acusación discrepó lógicamente del fiscal y manifestó que los profesionales del derecho no pueden enmendar la plana al jurado, pues lo vaciarían de contenido. "Nunca se dijo en la vista que la víctima fuera un vegetal, sino que era especialmente vulnerable por su estado físico. No podía conducir, ni cargar peso y tenía un brazo impedido", insistió. "El jurado concluyó que nunca podría haberse defendido de un ataque a puñaladas", añadió.

Trastorno delirante

Mientras, Alba Vicente mantuvo que el jurado no valoró bien las pruebas y en la sentencia se aplicaron "indebidamente" todas las agravantes, salvo la de parentesco. Indicó que no se tuvieron en consideración las atenuantes o eximentes, como el trastorno delirante y el alcoholismo que padece Héctor Ferrer. Recordó que el acusado tenía más de 100 botellas vacías en su habitación, estaba con síndrome de abstinencia y su trastorno le hacía desconectar de la realidad. Respecto a la madre, planteó que debería haber sido condenado por lesiones y no por tentativa de asesinato, ya que recibió las cuchilladas cuando se interpuso entre su marido y su hijo.

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