Autorizan el cambio de nombre del menor trans de Calatayud

La Dirección General de los Registros y el Notariado ha estimado el recurso de Gabriel Delgado para que ese nombre cuente como el registral.

Gabriel Delgado Suárez con la resolución que autoriza el cambio de nombre.
Autorizan el cambio de nombre del menor trans de Calatayud
Macipe

Gabriel Delgado Suárez ya es a todos los efectos el nombre registral del menor transexual de Calatayud al que el registro civil bilbilitano le denegó la posibilidad de cambiarlo en junio de 2018. Entonces, la familia promovió una campaña de firmas a través de la plataforma change.org que supera las 202.700 rúbricas y recurrió la decisión ante la Dirección General de los Registros y el Notariado a principios de octubre.

Ahora, este organismo dependiente del Ministerio de Justicia ha estimado dicho recurso y ha autorizado el cambio de nombre que se solicitó hace ocho meses. En la resolución, que firma el director general, Pedro Garrido, y a la que ha tenido acceso HERALDO, se establece que “no cabe recurso alguno, no obstante podrá interponerse demanda judicial en el orden civil”.

“Es una emoción que no se puede explicar, nadie que no haya vivido lo que he vivido lo puede entender, porque a nadie se le niega ser quién es”, reconocía Gabriel, acompañado de su madre, Pilar Suárez, momentos antes de ir a la comisaría de la Policía Nacional a cambiar su documentación oficial. Para ello, además de la resolución, también portan la partida de nacimiento corregida y en la que ya consta con el nombre que usa de forma habitual.

En esta decisión ha influido la instrucción dictada el pasado 23 de octubre por la propia Dirección General para facilitar el cambio de nombre de menores transexuales, un trámite que hasta entonces quedaba a la interpretación personal de cada titular de un Registro Civil.

Así, la responsable del de Calatayud, la juez Paola García, entendía –con el respaldo del Ministerio Fiscal- que el nombre de Gabriel infringía el artículo 54 de la ley del Registro por “inducir a error en la identificación, dado que remite inequívocamente al sexo masculino mientras el inscrito es femenino”, como se cita en esta resolución.

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