Una juez obliga a poner fin a unos ladridos de 50 decibelios en Cadrete

La sentencia señala que el municipio no hizo ninguna medición de los ruidos molestos y le impone también las costas

Imagen de la entrada de la localidad de Cadrete.
Imagen de la entrada de la localidad de Cadrete.
Raquel Labodía

La juez Concepción Gimeno, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Zaragoza, ordena al Ayuntamiento de Cadrete que acabe con las molestias acústicas que sufre un vecino por los ladridos de un perro de una casa de la calle de Huesca número 15, ruidos que se agravan aún más con los animales que están en el inmueble del número 9. Entre las medidas que propone adoptar se incliyen las sanciones, si son necesarias.

La sentencia da la razón al vecino perjudicado porque en la prueba pericial se determinó que los ruidos medidos llegan "a veces hasta los 50 decibelios y pico". Frente a esta conclusión, la juez apunta que "la Administración demandada no ha practicado prueba alguna" y precisa que el Ayuntamiento "no hizo ninguna medición acústica".

Asimismo, el fallo señala que pese a lo que aconsejó el arquitecto municipal al Ayuntamiento "no se dirigió a los causantes de la situación para que procediera a su cese". Y sobre las medidas que adoptaron, como las inspecciones de técnicos municipales en las viviendas, afirma que resultaron "absolutamente insuficientes e incluso deficientes" para "poder tener un planteamiento claro del problema" y "adoptar las medidas oportunas para su solución".

La juez justifica su decisión en la aplicación del Plan General de Ordenación Urbana de Cadrete que, en su artículo 103, sobre el aislamiento acústico, dice que no pueden superarse los 45 decibelios entre las 8.00 y las 22.00, y los 30 decibelios por la noche. Con estos límites, recuerda que el perito mantuvo que "en muchas ocasiones se superaban en el interior de la vivienda, dando igual de día o de noche, los 50 decibelios".

Además, la sentencia argumenta que la ordenanza de seguridad y convivencia de Cadrete prohíbe producir en los edificios ruidos que superen "los límites de inmisión" y sobre los animales de compañía señala que "no pueden impedir la tranquilidad de sus vecinos".

El Ayuntamiento de Cadrete ha decidido no recurrir la sentencia, que le impone las costas, y esta ya es firme. La Junta de Gobierno requirió la semana pasada a la mujer dueña del animal que evite las molestias al vecino. El abogado del municipio, Clemente Sánchez Garnica, defendió que "era un problema de convivencia" y aseguró que el Ayuntamiento intentó "que no llegaran a los tribunales".

Por su parte, los abogados José Marraco y Francisco Beltrán, que representan al perjudicado, sostuvieron que "la contaminación acústica es uno de los problemas que tiene la sociedad, como sostiene la OMS".

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