Confirman la absolución de un zaragozano por los fallos de su pulsera antimaltrato

La Audiencia ratifica que el mal funcionamiento del sistema telemático no permitió saber si se acercó o no a su expareja.

Una pulsera tipo que se coloca por orden judicial a los acusados de maltratal.
Una pulsera tipo que se coloca por orden judicial a los acusados de maltratal.
C. I,

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha confirmado la sentencia que absolvió de un delito de quebrantamiento de condena a J. A. M. porque no quedó demostrado que las alertas que saltaron de su pulsera antimaltrato se produjeran por intentar acercarse a su expareja.

El fallo fue recurrido por la mujer pero la Audiencia, como solicitó la letrada del acusado, Sonia Ballesteros, lo confirma íntegramente y señala que la juez del Penal número 9 valoró con "minuciosidad" las pruebas. Estas demostraron que no estaba claro que las dos alarmas que el Centro de Control de Medidas Telemáticas de Alejamiento (Cometa) recogió una noche de agosto de 2016 se debieran a una aproximación de J. A. M. al domicilio de su expareja, de la que tenía una orden de alejamiento.

La juez recogía que no había quedado acreditado ni el lugar donde estaba el acusado ni los minutos exactos que permaneció supuestamente en la zona prohibida. Tanto el tiempo como el lugar deberían haber sido recogidos por Cometa, al tratarse de un sistema de seguimiento telemático vía GPS.

La Audiencia recoge que, efectivamente, esto fue así y añade además que la denunciante manifestó que en la noche del supuesto quebrantamiento "ni vio al acusado ni tuvo noticia alguna de él" y que su única referencia de que había saltado la alarma fue por el centro Cometa.

Pero para el tribunal, lo "verdaderamente relevante" desde un punto de vista exculpatorio es que de todas las incidencias remitidas por el centro de control, "en ninguna de ellas constaba la distancia a la que se encontraba el acusado de la zona de exclusión fija o móvil cuando se produjo la alarma".

Destaca que tampoco consta el "mapa de situación del acusado" a las horas en que fue detectada la posible entrada en la zona prohibida.

"La falta de prueba de cargo en tal sentido es evidente y, por lo tanto, debe prevalecer el principio de presunción de inocencia a favor del acusado y la íntegra confirmación de la sentencia", expone el tribunal.

Este no ha sido el primer fallo en pulseras telemáticas que se registra en Zaragoza en los últimos meses, lo que pone en peligro a las víctimas y en situación de inseguridad jurídica a los maltratadores.

Entre mayo y septiembre de este año, el dispositivo de un hombre condenado por la Audiencia por intentar matar a su expareja (sentencia que tiene recurrida) ha saltado siete veces, según el letrado de la víctima, y en una de ellas el hombre estaba en Teruel y la mujer en la capital aragonesa.

En julio se adjudicó un contrato a una UTE de Telefónica para renovar los dispositivos por 15,6 millones de euros. En principio, según la Secretaría de Estado de Igualdad, está previsto que los nuevos dispositivos se entreguen este mismo año.

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