Absuelven a un acusado de violación al admitir la víctima que practicaron "sexo extremo"

La Audiencia de Zaragoza dejó ayer libre al acusado, que llevaba más de un año preso por estos hechos. Pese a que la denunciante reconoció en el juicio que las relaciones fueron consentidas, el tribunal condena al hombre por un delito de lesiones y por quebrantar la orden de alejamiento.

El juicio por la presunta violación se celebró el pasado lunes en la Audiencia Provincial de Zaragoza a puerta cerrada.
El juicio por la presunta violación se celebró el pasado lunes en la Audiencia Provincial de Zaragoza a puerta cerrada.
Heraldo.es

La Audiencia de Zaragoza decidió ayer dejar en libertad a Manuel Rodríguez Troncoso, un vecino de Ejea de los Caballeros que llevaba casi un año y dos meses en prisión provisional por la presunta violación de su expareja, con la que tiene una hija en común. Cuando lo denunció, en mayo de 2017, la mujer aseguró que el acusado había trepado por la ventana de su casa y la había agredido sexualmente. Aportó como prueba un parte de lesiones, ya que tuvo que ser atendida de una hemorragia genital.

Sin embargo, dos meses después retiró la denuncia y en el juicio celebrado el pasado lunes la mujer aseguró que las relaciones fueron consentidas. Es más, aclaró que ambos practican "sexo extremo".

Pero la versión de la denunciante no convenció a la Fiscalía, que decidió mantener la petición de once años de cárcel para el encausado por un delito de violación con la agravante de parentesco. Es más, propuso a los magistrados que se investigara a la víctima por si hubiera cometido un delito de falso testimonio.

El tribunal, presidido por Juan Alberto Belloch, recuerda ahora al ministerio público en su sentencia que, por su condición de pareja del encausado, la denunciante no estaba obligada a declarar contra él. Y, por lo tanto, no se pueden someter sus declaraciones a contradicción.

En cuanto a la presunta violación, los magistrados no han hallado elemento alguno, "siquiera sugestivo", que permita probar que la mujer fue obligada a mantener relaciones sexuales con su expareja. De ahí que, como pedía la defensa, a cargo del letrado Juan Manuel Martín Calvente, el tribunal le absuelva de este delito.

Años y medio de cárcel por otros delitos

Además de por la agresión sexual, la Fiscalía acusaba a Manuel Rodríguez de un delito de quebrantamiento de condena y otro de lesiones. Respecto al primero, los magistrados entienden que ha quedado complemente acreditado, puesto que acusado y denunciante reconocieron que estuvieron juntos y mantuvieron relaciones cuando pesaba sobre el primero la prohibición de acercase a su ex. Además, existen restos biológicos del encausado que así lo acreditan. Por ello, el tribunal le impone un año de prisión.

También acusaba el ministerio público de un delito de lesiones, dado que la perjudicada tuvo que pasar por un centro sanitario. El parte médico y el informe forense confirma que son heridas compatibles con las prácticas sexuales que ambos consintieron, por lo que reduce en grado la pena y la fija en otros seis meses de cárcel.

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