El TSJA decidirá si 42 puñaladas fueron asesinato u homicidio

El condenado por matar a su esposa en la avenida de Cataluña en 2015 pide que le rebajen la pena de 22 años.

"Es una pena muy grande la que se ha impuesto a mi representado (...), se le han aplicado todas las agravantes posibles y ninguna de las atenuantes que, en nuestra opinión, están justificadas". Así sintetizó ayer el abogado Javier Notivoli, ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, el recurso de apelación que ha presentado a la sentencia de la Audiencia de Zaragoza que condenó a Salvador Gázquez a 22 años y medio de cárcel por el asesinato de su mujer, Coral González, el 16 de diciembre de 2015 en el piso que ambos compartían en la avenida de Cataluña.

Para la defensa, el magistrado-presidente del jurado no tendría que haber aplicado en su sentencia las agravantes de alevosía y ensañamiento. En su veredicto, el tribunal popular consideró probado que la víctima, de 44 años, descansaba en la cama ("dormida, semidormida o simplemente desprevenida", precisó el veredicto) y estaba completamente indefensa cuando su marido le asestó 42 puñaladas. Sin embargo, el recurrente sostiene que la fallecida mostró "una fuerte oposición" al ataque porque tenía 14 heridas en las manos, entre otros signos de defensa. "Si existe una posibilidad de defensa no es aplicable la agravante de alevosía", dijo Notivoli citando un fallo del Supremo.

"No hay que confundir el número de puñaladas con el ensañamiento", agregó acto seguido el abogado, que abundó que su cliente no quiso aumentar "deliberada e inhumanamente" el dolor de la víctima y le propinó 42 puñaladas "buscando un único propósito: la muerte". La defensa también criticó la aplicación de la agravante de parentesco porque el matrimonio estaba enemistado y en trámites de separación cuando se perpetró el crimen y la de violencia de género porque los motivos del crimen "no fueron de corte machista, si no económicos".

Respecto a las atenuantes, el letrado defensor solicitó que se validaran las de confesión, enajenación mental leve y reparación del daño, pues depositaron 75.000 euros antes del juicio. "No buscamos una absolución, los hechos son graves. No pretendemos que prosperen todo el recurso, pero si se quita la alevosía, o cuanto menos el ensañamiento, eso sería un homicidio", concluyó el abogado de Gázquez, de 52 años.

La Fiscalía, que tildó de "brillantes" los argumentos doctrinales del recurso, se adhirió a la retirada de la agravante de violencia de género porque consideró que el desencadenante del crimen fueron "las discrepancias del reparto patrimonial" de la pareja e igualmente respaldó que se aplicara la de reparación de forma simple. No obstante, mantuvo la petición de la pena de asesinato, como hicieron las acusaciones particulares, ejercidas por un letrado de la Comunidad Autónoma y por la abogada Rosa Fernández en nombre de los padres y el hermano de la víctima.

Estas partes mostraron su rotunda oposición a que el TSJA estimara el recurso y pidieron la ratificación de los 22 años y medio de cárcel que impuso la Audiencia. "El ataque se produjo con una saña desmedida", dijo la letrada, que calificó el crimen como "un acto frío y calculado".

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