La Audiencia Provincial absuelve a un octogenario de corrupción de menores

El tribunal aprecia contradicciones en la declaración prestada por dos de las denunciantes y, ante la duda, exonera al acusado.

El acusado, Francisco H., el día que fue juzgado en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
El acusado, Francisco H., el día que fue juzgado en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Oliver Duch

Francisco H. M., de 82 años, ha sido absuelto del delito de corrupción de menores que le atribuían dos chicas de 16 años y una de 12. El tribunal de la Sección Sexta de Audiencia Provincial de Zaragoza mantiene que sus declaraciones no pueden ser consideradas como pruebas de cargo dadas las contradicciones que dos de las menores tuvieron durante la vista oral y la incomparecencia de la tercera.

Los magistrados consideran probado el 29 de octubre de 2016, sobre las 19.00, las tres chicas subieron a su casa para pedirle explicaciones por unos supuestos abusos cometidos sobre una de ellas. Una vez dentro, Francisco H. les dijo que se quedaran en el salón de la casa, que iba a llamar a la Policía para denunciarlas por unos supuestos daños causados días antes en su puerta y de que las hacía responsable. Una de las menores (la que no compareció) intentó abrir la puerta de la casa, pero el acusado le pegó una bofetada y le causó una contusión. Por eso, la Audiencia Provincial de Zaragoza lo condena por un delito leve de lesiones al pago de una multa de 480 euros y a indemnizar a la joven agredida con 120.

Sin embargo, lo absuelve de corrupción puesto que las manifestaciones efectuadas por una de las menores parecen "no narrar la realidad de lo sucedido". "Ha de decirse que se vierten en un contexto de vaguedad e imprecisión que impide dotarles de la fuerza necesaria para enervar la presunción de inocencia del acusado o, al menos, lleva a la aplicación del principio in dubio pro reo", recoge el fallo.

Para el tribunal, "puede haber sospechas" de un comportamiento lascivo de Francisco H. hacia la joven, pero "no son suficientes" para servir de apoyo a una condena. Destaca que es de "interés" que esos actos, de haberse producido, "ninguna secuela dejaron en la joven". Los magistrados dicen no comprender, igual que el fiscal y la defensa, ejercida por el letrado Noé Gabás, por qué se atrevieron a subir las tres muchachas al domicilio del acusado. "Hecho que no legitimaría en ningún caso la actuación de Francisco pero que resulta extraño", afirman en el fallo.

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