Dos traficantes se libran de la cárcel por errores policiales y la lentitud del juzgado

El fiscal pedía siete años años y medio para cada uno por usar a dos mulas para traer más de un kilo de cocaína de Perú.

Un cúmulo de errores policiales y los casi siete años que se ha demorado la tramitación de su caso en los juzgados va a permitir a dos traficantes librarse de la prisión. La Fiscalía pedía para José B. B. y José Luis C. R. sendas penas de siete años y medio de prisión por contratar a dos jóvenes para que hicieran de mulas y trajeran ocultos en su organismo más de un kilo de cocaína desde Perú. Y aunque para la Audiencia de Zaragoza estos hechos han quedado probados, las condenas que les impone son de dos años y año y medio, respectivamente, por lo que no tendrán que entrar en Zuera.

Varias son la razones que argumentan los magistrados a través de su sentencia para recortar de forma tan significativa las penas. Como solicitaban las defensas, a cargo de los despachos de abogados Laborda Vela y Sánchez Herrero, la Sección Tercera ha tenido que anular todas las escuchas telefónicas que se llevaron a cabo durante la investigación policial. No podía ser de otra manera, cuando, como se explica la sentencia, no consta en "forma alguna" la resolución judicial que autorizara dichas escuchas, "ni las prórrogas de las mismas".

Las abogadas de los traficantes mantenían que habían sido precisamente estas grabaciones las que habían permitido desbaratar los planes de los encausados. Por lo que, según estas, al invalidar la prueba estos tenían que ser absueltos. Pero no lo entiende así el tribunal, ya que considera que, con carácter previo a las escuchas "habría" una "sospecha". Es más, recuerda que la Guardia Civil practicó una serie de vigilancias y pesquisas –como el análisis del ordenador de uno de los encausados– al margen de los pinchazos telefónicos.

Tampoco se analizó la pureza

Pero no es la falta de autorización judicial para hacer las grabaciones el único reproche que la Audiencia hace a quienes investigaron a los traficantes. Para la Sala, es un hecho probado que el 12 de diciembre de 2010 una de las mulas fue interceptada en el aeropuerto de Callao (Perú) con 115 cápsulas de cocaína en el interior de su cuerpo. Según el dictamen pericial del laboratorio de criminalística de aquel país, la droga dio un peso neto en balanza de 1.123 gramos. Sin embargo, no se analizó la pureza de la cocaína, lo que ha impedido precisar la cantidad real intervenida. Es por esta razón que la Sala se ve incapacitada para aplicar a los acusados la agravante de cantidad de notoria importancia que pedía el fiscal.

Por último y conforme a otra petición de las defensas, los juzgadores entienden que en este caso cabe apreciar la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, puesto que la investigación se abrió en la Audiencia Nacional en 2010 y, sin ser declarada causa compleja, ha necesitado siete años para llegar a juicio.

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