ZEC dice que la suspensión del artículo no afectaría a los acuerdos ya adoptados

Este artículo sirvió al Gobierno de ZEC para modificar la composición de los consejos de administración de las sociedades municipales.

El alcalde junto a Teresa Artigas durante un Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza.
Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza
José Miguel Marco

El Gobierno de Zaragoza en Común considera que si el Tribunal Constitucional acuerda finalmente suspender la vigencia del artículo 14.1.u de la Ley de Capitalidad, algo que no sucederá antes de un mes o de un mes y medio, los acuerdos adoptados en las sociedades municipales en virtud de este artículo seguirían teniendo validez.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes interponer un recurso de inconstitucionalidad contra este artículo de la ley de régimen especial de Zaragoza como capital de Aragón, cuyo contenido se ha conocido este lunes y que invoca la suspensión de la aplicación del precepto impugnado, al amparo de la propia Constitución y de la ley orgánica del Tribunal Constitucional.

El artículo impugnado dice que corresponde al Gobierno municipal "la formación de la voluntad del Ayuntamiento como socio único en las sociedades mercantiles cuyo capital pertenezca íntegramente al municipio de Zaragoza, asumiendo las funciones de Junta General", y sirvió al Gobierno de ZEC para modificar la composición de los consejos de administración de las sociedades municipales, limitando la presencia de los grupos de la oposición.

Al conocer el contenido del recurso, el equipo de Gobierno municipal ha emitido un comunicado en el que insiste en que ni la interposición del recurso por el Ejecutivo central ni su admisión por parte del TC, en el caso de que lo sea, ni la posible suspensión de la aplicación del artículo supondría su inconstitucionalidad de inicio, ya que esta tendrá que ser determinada por el propio tribunal cuando emita sentencia.

El TC debe reunirse ahora para decidir si admite el recurso, explican desde el Gobierno municipal, lo que previsiblemente no sucederá hasta septiembre al ser agosto un mes inhábil en la Administración de Justicia.

Por recursos similares a otras leyes autonómicas, el Gobierno de ZEC vaticina que transcurrirá un mes o un mes y medio, y desde entonces, si se decreta la suspensión, esta deberá ser ratificada a su vez por el TC en un plazo no superior a cinco meses.

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