Una sentencia admite que todos los bares con música abran hasta las 3.30

El fallo del Tribunal Superior de Justicia da la razón a la asociación de hosteleros y elimina las diferencias que aún existían entre algunos establecimientos.

Las quejas vecinales por el botellón en Moncasi y Maestro Marquina se han redoblado en las últimas semanas.
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R. Labodía

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) acaba de anular un apartado de la ordenanza municipal de distancias mínimas y zonas saturadas de Zaragoza, que consagraba diferencias en materia de horarios entre establecimientos que tuvieran licencia para poner música. Tras la decisión judicial, que es firme y atiende un recurso de la Asociación Plataforma de Empresarios Hosteleros de Aragón (Apeha), todos los pubs con equipo musical tendrán que cerrar a la misma hora: a las 3.30 entre semana y a las 4.30 en viernes, sábados y vísperas de festivos.

El conflicto tiene su origen en el año 2005, cuando la DGA aprueba la ley de espectáculos públicos, que en 2006 ya contó con un catálogo en el que se explicitaban los tipos de establecimientos hoteleros existentes y sus horarios de cierre: a las 1.30 los bares y cafeterías, a las 3.30 los pubs o bares con música y a las 5.30 las discotecas. Se entendía como bar con música aquellos que su licencia les permitía poner música por encima de 75 decibelios.

Sin embargo, el Ayuntamiento de Zaragoza establecía una distinción en los pubs. Los establecimientos con un límite acústico de 75 a 85 decibelios debían cerrar a las 1.30 y a los que se les permitieran más de 85 decibelios, a las 3.30. La sentencia reconoce la capacidad que tenía hasta el año 2014 para establecer esa restricción, dado que la normativa autonómica admitía que los municipios establecieran límites dentro del marco general.

Pero en 2014 la DGA modificó la ley y obligó a dar “idéntico tratamiento a la clasificación efectuada para cada uno de ellos en los epígrafes del catálogo”. Por este motivo, los magistrados consideran que “se había dejado sin efecto la potestad de diferenciar el horario de apertura y cierre de los bares con música frente a los pubs”.

No obstante, la modificación que planteó el Ayuntamiento en el año 2014, para adecuarse a la nueva normativa autonómica, incluyó una disposición transitoria por el que “los establecimientos ubicados en zonas saturadas con categoría de bares con música mantendrían las mismas condiciones” que tuvieran antes de la modificación de la ley de espectáculos.

Según la sentencia, la decisión municipal “contraviene o vulnera” los establecido en la ley de espectáculos, que pretendía “homogeneizar” la situación de los distintos locales. “Con la entrada en vigor de la nueva ley, el distinto régimen de horarios de bares con música ya no era posible”, dice el TSJA, que da por tanto la razón a la asociación que presentó el recurso.

El Ayuntamiento de Zaragoza ha informado este martes de que adaptará la normativa para dar cumplimiento a la sentencia. Por su parte, Enrique Puértolas, de la Apeha, ha lamentado “la actitud represiva” que ha mantenido el Consistorio con el sector hostelero de la ciudad. Recordó que la DGA estableció su catálogo de establecimientos en 2005 “y en 2018 sigue sin saberse el horario de los establecimientos”.

“Se han llegado a poner multas de 1.500 a 3.000 euros por superar el horario”, ha afirmado Puértolas, que ha acusado al Ayuntamiento de generar una situación de “inseguridad jurídica”, “indefensión” y “caos” en el sector durante más de 12 años. “Mientras tanto, se dejaba abrir a bares con equipo de música ilegal”, ha criticado.

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