Piden cinco años de cárcel para dos promotores por una estafa inmobiliaria en Añón de Moncayo

Dos parejas cedieron unas fincas a cambio de un piso en una promoción nueva, pero la permuta no se realizó.

Los acusados, este jueves, minutos antes de testificar ante la Audiencia de Zaragoza.
Los acusados, este jueves, minutos antes de testificar ante la Audiencia de Zaragoza.
Oliver Duch

Dos matrimonios de Añón de Moncayo cedieron en 2006 unos terrenos en el pueblo bajo la promesa de recibir un par de apartamentos en la futura promoción inmobiliaria que se iba a levantar en sus propiedades. La urbanización se levantó, pero las parejas no recibieron los inmuebles prometidos. Este jueves, en la vista oral que se celebró en la Audiencia de Zaragoza, los denunciantes afirmaron sentirse "engañados" por Ramiro A. P., la persona que había realizado las gestiones de la permuta y a la que conocían bien, ya que es vecino de la localidad, y que tiene antecedentes por apropiación indebida.

La Fiscalía acusó a este hombre y a su socio José María N. S. de un delito de estafa impropia y pidió para ellos penas que suman cinco años de cárcel. Ambos reconocieron ser parte de la promotora que construyó los apartamentos en los terrenos cedidos, afirmaron que hubo un acuerdo de permuta con los denunciantes y señalaron finalmente que esta no se pudo llevar a cabo por el estallido de la burbuja inmobiliaria en 2008, una circunstancia que les obligó a hipotecar la promoción para poder terminarla.

La acusación particular elevó la petición del ministerio público hasta los seis años de prisión, mientras que las defensas de los acusados pidieron la libre absolución de ambos.

"Nos fiábamos de él"

Las gestiones para realizar el intercambio de los dos terrenos por un par de apartamentos con trastero y plaza de garaje se produjeron en 2006. Durante el juicio celebrado este jueves en la Audiencia de Zaragoza, los matrimonios dijeron que siempre trataron con Ramiro A. P., que acudió en varias ocasiones a sus domicilios por este tema. Según el relato de los hechos que prestaron, cuando accedieron este acusado les citó en una notaría para dar fe pública de la permuta, pero lo que firmaron en ambos casos fue "una compraventa especial aplazada".

Una de las cláusulas reflejaba que la promotora estaba obligada a dar los apartamentos en un plazo de dos años y medio desde el inicio de las obras. Si este tiempo pasaba sin realizarse la entrega, la obligación expiraba. Este apartado fue utilizado por las defensas para la absolución.

La Fiscalía calificó este mecanismo como "tejemaneje que hacía más difícil la comprensión" del asunto para los matrimonios, que declararon que acudieron a la notaría "con plena confianza" en que los papeles plasmaban el trato con Ramiro A. P. No comprendieron lo que firmaron, aunque una pareja afirmó que sospechó al llegar a su casa, aunque no le dijo nada al acusado. En el juicio también declaró una mujer que en 2015 denunció a este acusado por apropiación indebida y ganó: fue condenado por poner a su nombre un terreno que le habían cedido para construir.

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