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Multa de 2.880 euros al joven que apareció sin ropa en el sofá de la casa de un guardia civil en Rubielos de Mora

El Juzgado de lo Penal de Teruel condena al acusado por los daños que causó en dos coches que estaban aparcados en el cuartel

El juicio contra el joven que entró de noche en la casa cuartel de la Guardia Civil de Rubielos de Mora se celebró en Teruel el pasado 24 de octubre.
El juicio contra el joven que entró de noche en la casa cuartel de la Guardia Civil de Rubielos de Mora se celebró en Teruel el pasado 24 de octubre.
Jorge Escudero

El Juzgado de lo Penal de Teruel ha condenado a una multa de 2.880 euros al joven que la madrugada del 22 de mayo de 2021 entró en el cuartel de la Guardia Civil de Rubielos de Mora, destrozó dos coches que estaban aparcados en el recinto y apareció a la mañana siguiente, sin ropa –a excepción de los calcetines–, durmiendo en el sofá de la casa de uno de los agentes.

La sentencia considera al acusado, R. E. L., vecino de Sarrión y con 21 años de edad en el momento de los hechos, responsable de un delito de daños y le impone también la obligación de indemnizar a los propietarios de los dos vehículos estropeados con 2.235 euros y 872,58 euros, respectivamente.

R. E. L. dijo en el juicio, celebrado el pasado 24 de octubre, no recordar nada de lo que hizo esa noche. Sin embargo, sus amigos testificaron, y así lo recoge el fallo, que el acusado, tras haber estado consumiendo bebidas alcohólicas, se metió en la fuente de la plaza de Rubielos de Mora y al salir se quitó la ropa mojada quedando desnudo. Tras discutir con sus amigos, llegando a morder a uno de estos, salió corriendo por las calles sin que pudiera ser encontrado por aquellos. La sentencia considera probado que, luego, llegó al cuartel de la Guardia Civil, trepó por la verja metálica que lo rodea, golpeó y rayó dos coches, cogió del interior de uno de ellos un juego de llaves y con ellas entró en la casa del agente –tras probar antes en cinco cerraduras–, donde se echó a dormir.

La jueza del Juzgado de lo Penal de Teruel María Dolores Barrabés aprecia la eximente de embriaguez, pero de forma incompleta, pues, según explica, si bien el comportamiento "absurdo e incoherente" del acusado estuvo influido por la ingesta de alcohol, este fue capaz de realizar unos actos –correr, trepar o abrir una puerta– que no podría haber hecho con sus capacidades anuladas.

Subraya el fallo que esta condena no es incompatible con lo ya resuelto por la Audiencia de Teruel, que retiró la acusación de allanamiento de morada al entender que este delito precisa de un dolo específico que no concurre al tener el procesado alteradas sus capacidades por el alcohol.

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