Piden cuatro años de cárcel para un joven acusado de abusar sexualmente de una menor

El procesado dice que la relación fue consentida, pero la chica sostiene que este le echó alguna sustancia en la bebida que anuló su voluntad

El acusado, durante su declaración esta mañana en la Audiencia de Teruel
El acusado, durante su declaración esta mañana en la Audiencia de Teruel
M. A. M.

La Audiencia Provincial de Teruel ha dejado esta mañana visto para sentencia el juicio contra un joven vecino de Calanda, M. P., acusado de haber abusado sexualmente el 20 de marzo de 2016 de una adolescente de 16 años con la que había estado de fiesta en Alcañiz. En el momento de ocurrir los hechos que ahora se juzgan, él contaba 25 años de edad.

M. P. se enfrenta a una pena, solicitada por la acusación particular, de cuatro años de cárcel, una multa de 480 euros y el pago de una indemnización de casi 12.200 euros a la chica, así como la prohibición de acercarse y comunicarse con ella durante cinco años una vez que, en caso de resultar condenado, salga de la prisión.

La fiscal encargada del caso, tras oír a los testigos y peritos, ha decidido ratificarse en su informe inicial, en el que consideraba que las pruebas aportadas para tratar de esclarecer lo sucedido no son suficientes para acusar y condenar a M. P. Por su parte, la defensa ha pedido la absolución de su representado por entender que hubo consentimiento en la relación y que no hay pruebas objetivas que desvirtúen esta afirmación.

La joven, que ahora tiene 18 años y reside en una población cercana a Calanda, ha relatado en el juicio que el 19 de marzo de 2016, sobre las 23.30, M. P. pasó a recogerla con su coche y los dos se fueron a un 'masico' -casa de campo- en Alcañiz donde se celebraba una fiesta de cumpleaños. La chica ha dicho que allí tomó dos 'cubatas' y una copa de champán que le preparó el acusado y que, a continuación, ya no recuerda nada más hasta la mañana del día siguiente, cuando se despertó en la cama de M. P junto a él. Según su versión, el joven salió entonces a cumplir con un encargo y ella mientras esperó en la vivienda en torno a una hora hasta que aquel regresó y, sobre las 14.00 del día 20 de marzo de 2016, la llevó con el coche de vuelta a casa.

La chica ha comentado al Tribunal que la puerta de la casa de M. P. estuvo cerrada mientras ella se quedó sola, si bien la letrada de la defensa ha recordado a la sala que cuando dos días después del suceso la joven denunció los hechos ante la Guardia Civil y fue preguntada por este extremo, ella dijo no haberlo comprobado. La denunciante ha contado que, al despertarse en la cama junto a M. P. y no recordar nada de lo ocurrido, pensó que le habían echado algo en la bebida que anuló su voluntad. “Nunca di mi consentimiento”, ha subrayado.

El procesado, por su parte, ha explicado que tras la fiesta de cumpleaños en el 'masico', un poco antes de las 2.00 del 20 de marzo, los dos se fueron a un discobar de Alcañiz donde tomaron alcohol, hablaron y bailaron hasta las 5.00, cuando él, en lugar de llevarla a casa como le había dicho, optó por conducirla a su propia vivienda de Calanda con el fin de que su familia no la viera bajo los efectos del alcohol. Ha proseguido que tuvieron relación sexual sobre las 10.00 “y ella estaba consciente”.

Tanto los agentes de la Guardia Civil que el día de los hechos cachearon a M. P. y registraron su coche en el contexto de un control rutinario en la carretera, como los que, tras la denuncia de la adolescente, examinaron su vivienda en busca de sustancias estupefacientes, han declarado no haber encontrado rastro de droga.

Una de las peritos que ha declarado en el juicio ha indicado que, tras haber examinado a la joven, esta presentaba un hematoma en la parte interior del muslo y un trastorno ansioso depresivo, si bien no podía afirmar si el estrés se debía a los hechos enjuiciados o a factores psíquicos propios de la muchacha. Otra perito ha hablado de unas “secuelas mínimas”, mientras que un tercero, que entrevistó a la joven un año después, ha cuestionado que hubiera habido estrés postraumático porque la joven no parecía revivirlo al recordarlo al cabo del tiempo.

El abogado de la acusación particular, Sergio Nevado, ha solicitado que el acusado sea condenado por un delito de abusos sexuales en concurso con un delito leve de lesiones y ha considerado “acreditado” que, desde el primer momento, M. P. “se preocupó de que mi representada bebiera mucho”. Después, según esta parte, el acusado trasladó a la joven en estado semiinconsciente a su casa y abusó de ella. “No hubo consentimiento”, ha recalcado el letrado. “Una relación consentida no puede producir lesiones”, añadió.

La abogada que defiende al procesado, Carmen Rabadán, ha pedido para este la absolución. La letrada ha negado que la joven tuviera anulada su voluntad aquel día y ha dicho que así lo demuestran las conversaciones que en torno a las 2.00 del 20 de octubre, en el discobar de Alcañiz, mantuvo con algunas personas que han testificado esta mañana. Ha agregado que no hay pruebas de carácter objetivo para incriminar a su defendido y que “motivos espurios”, como el miedo a un castigo de su familia o el interés económico, han empujado a la joven a denunciar a su representado.

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