JUICIO POR EL ACCIDENTE DEL YAK-42

La Audiencia confirma la sentencia que fijó las indemnizaciones del Yak

La Sección Cuarta ha rechazado los recursos presentados por las tres empresas, y les ha condenado además a pagar las costas.

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha confirmado la sentencia dictada el pasado 12 de marzo por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza por el accidente del Yak-42, en la que se condenaba a la contratista Chapman Freeborn, la aerolínea UM Air y la aseguradora Busin Joint Stock a indemnizar con 6,2 millones de euros a las familias de los 62 militares fallecidos en el siniestro.


La Sección Cuarta ha rechazado los recursos presentados por las tres empresas, y les ha condenado además a pagar las costas. En cuanto a las apelaciones de los familiares de las víctimas, ha estimado la que presentó una familia, representada por el letrado Fernando Martínez Moreno, lo que le ha supuesto una revisión al alza de la indemnización que se le otorgó en primera instancia. El fallo eleva de 60.000 a 70.000 euros la compensación a la viuda del militar fallecido y de 30.333 euros a 36.333 a cada uno de los tres hijos del militar fallecido.


La Audiencia analiza en su sentencia de 87 páginas cada motivo alegado por las empresas condenadas, las cuales argumentaron, entre otras cosas, la naturaleza civil o militar del vuelo, la falta de billetaje y la compatibilidad de las indemnizaciones con otras ya otorgadas por el Estado.


Aunque reconoce que la cuestión de qué tipo de vuelo era ofrece "un razonable margen de duda" concluye que "no era de naturaleza militar" y, por lo tanto, la normativa que le ampara es la civil. La sentencia recoge también que la falta de billetes para el pasaje no representa una responsabilidad ilimitada del transportista.


Respecto a las causas del siniestro, para los magistrados "resulta con meridiana claridad que la tripulación incurrió en graves errores en el pilotaje que se manifestaron ya con ocasión del desarrollo de la primera maniobra (en la que se incurrió en una cadena de errores) y que culminaría cuando al abortar esta maniobra terminaron confundiendo el rumbo".


Para el tribunal, la primera aproximación que hizo el avión al aeropuerto de Trabzon "no fue solo una maniobra de una pésima calidad técnica sino que denotó una notable precipitación y ansiedad de la tripulación. Maniobra que iba a ser la antesala del posterior error de navegación que conduciría al accidente".


La sentencia concede gran importancia al hecho de que no funcionara el CVR (grabador de voz en cabina), "circunstancia solo imputable a la compañía aérea y que, aun sin relación causal con el siniestro, es lo que ha terminado privando de una información valiosísima sobre la razón que pudo llevar a la tripulación a errar el rumbo y dirigirse hacia la zona sur del aeropuerto".


Para el abogado Eudald Vendrell, esta sentencia constituye "casi un tratado", está "muy bien ponderada" y será difícil que el Tribunal Supremo la anule. El letrado destacó que es la "primera vez" que un tribunal constata que en el vuelo del Yak se pagaron "dos tercios" del presupuesto a los intermediarios de la cadena de contratación y también la primera que deja claro la "negligencia" de la tripulación.