La Audiencia tumba el enésimo recurso de la Generalitat para retener las pinturas murales de Sijena

El tribunal provincial concluye que habrá que esperar a que el Supremo se pronuncie sobre la vuelta de los frescos.

Pinturas murales del monasterio de Sijena que se exhiben en el Museo Nacional de Arte de Cataluña.
Pinturas murales del monasterio de Sijena que se exhiben en el Museo Nacional de Arte de Cataluña.
Patricia Puértolas

La Audiencia Provincial de Huesca ha desestimado un nuevo recurso  interpuesto por la Generalitat en su estrategia de impedir el regreso de las pinturas murales del monasterio de Sijena exhibidas en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC). La apelación está relacionada con la pretensión del Gobierno catalán de dar validez a un contrato de cesión de la obra de arte firmado en su día con una religiosa de la orden de San Juan de Jerusalén. 

El tribunal provincial respalda la decisión adoptada hace dos años por el juzgado de instrucción número 2 de Huesca que suspendió el nuevo litigio que se intentaba abrir entretanto el Tribunal Supremo no resuelva definitivamente sobre el destino de los frescos de la sala capitular.

El Supremo todavía debe pronunciarse sobre la sentencia dictada en 2016 por el  Juzgado nº 2 de Huesca, ratificada luego por la Audiencia Provincial, ordenando la vuelta de las pinturas arrancadas en 1936 y que sigue expuestas en una de las salas del MNAC.

En 2018, la Generalitat inició un nuevo pleito. En este caso demandó a la comunidad religiosa propietaria del monasterio para dar validez y hacer cumplir un contrato de préstamo de estas pinturas firmado en el año 1992 con la condición de que estuvieran expuestas. Ese contrato lo firmó Pilar Sanjoaquín, priora del convento de Valldoreix, que según ha determinado la justicia no estaba legitimada para disponer de los bienes de la comunidad de Sijena. Tampoco se consideró válido al ser un préstamo gratuito e indefinido, considerando que el dueño podía pedir en cualquier momento el retorno, como así había hecho la orden. 

El juicio por este nuevo litigio se fijó en septiembre de 2021, pero el juzgado número 2 suspendió la vista hasta que el Supremo resuelva sobre el fondo de la cuestión. La magistrada argumentó que mientras el alto tribunal no tome una decisión hay cuestiones que podrían dar lugar a sentencias contradictoria. La Generalitat apeló y ahora la Audiencia Provincial vuelve a insistir en que habrá que esperar a que se resuelva la casación.

Para el letrado del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español, el recurso de la Generalitat contra la suspensión de la vista era "un recurso a la desesperada" porque "no admite haber perdido con las dos primeras sentencias sobre las pinturas murales". Este abogado rechaza la validez del contrato que esgrime la Generalitat.

El Supremo todavía no ha fijado la fecha para revisar el caso. Fue en septiembre de 2022 cuando admitió a trámite los recursos de casación que dos años antes presentaron la Generalitat y el Museo Nacional de Arte de Cataluña contra la sentencia de la Audiencia Provincial que confirmó el fallo del Juzgado nº 2 de Huesca ordenando la vuelta de las pinturas murales del monasterio de Sijena.

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