El TSJA anula la resolución por la que se otorgó a la planta de biomasa de Monzón la prórroga del proyecto

Aceptado el recurso de Ecologistas en Acción.

Protestas de los ecologistas en el castillo de Monzón.
Protestas de los ecologistas en el castillo de Monzón.
Ecologistas

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha fallado contra la concesión por parte del Gobierno de Aragón de la prórroga a Forestalia para que pudiera presentar el proyecto de la polémica planta de biomasa cuya ubicación prevista distaba a unos 600 metros del casco urbano de Monzón. Los tribunales han aceptado el recurso presentado por Ecologistas en Acción, agrupación que “valora muy positivamente” la sentencia, que estima en su totalidad el recurso que se interpuso contra la resolución por la que se le otorgaba la prórroga de la Autorización Ambiental Integrada y la Declaración Impacto ambiental para la planta de Incineración de Biomasa que Forestalia pretendía instalar en Monzón.

El escrito del TSJA expone que se llevaba 6 años solicitándole documentación a Forestalia y recoge que hasta en cinco ocasiones se le requirió esa documentación esencial para obtener la autorización administrativa previa y de construcción (AAP-C), como los permisos de acceso y conexión y las acreditaciones de capacidad técnica y económica. La última de ella tras haberle otorgado el INAGA la prórroga, tras el informe de la Dirección General de Energía y Minas donde se recogía que el retraso en la obtención de la AAP no era imputable al solicitante.

La sentencia pone de manifiesto el trato de favor que recibió Forestalia por parte del Director General de Energía y Minas de la DGA, Sergio Breto, en su informe firmado en septiembre de 2019, gracias al cual el Inaga procedió a conceder la prórroga al proyecto. El TSJA lo califica como "informe de complacencia, carente de motivación concreta y, además, contrario a la realidad que resulta del expediente", motivo por el que Ecologistas en Acción va a estudiar presentar las medidas legales que considere oportuno.

También expone que Forestalia, en su declaración responsable de inicio de las obras de la planta de biomasa, dirigida en agosto de 2021 al ayuntamiento de Monzón, afirmó tener vigente la autorización administrativa previa y de construcción cuando la misma había sido revocada. Hecho que subraya la sentencia y que supone una falsedad considerada infracción grave, por lo que debiera depurarse las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

El TSJA, entiende que la filial de Forestalia, Solmasol I, no cumplimentó los requerimientos exigidos y por ello le era imputable el retraso en la tramitación y procede a anular la resolución del Inaga por la que se concedió, en abril de 2020, la prórroga de la declaración de impacto ambiental y la autorización ambiental integrada al proyecto de Incineradora de Biomasa de Monzón y condena en costas, tanto a Forestalia (a través de su filial Solmasol I), como al Inaga.

Aunque el proyecto, ya hace años se entendía como desistido, dados la falta de megawatios subvencionados y de materia prima para quemar (cultivos de chopo), su promotor, Forestalia continuaba con la tramitación "a medio gas" por lo que los procesos judiciales han seguido en pie.

Esta sentencia da el golpe final al proyecto de instalación de una central térmica de generación de electricidad mediante la incineración de biomasa por parte de Forestalia en Monzón.

Desde el año 2014, cuando se presentó este proyecto, Ecologistas en Acción y la Plataforma contra la Incineradora de Biomasa de Monzón han venido oponiéndose al mismo por las importantes emisiones que se hubieran producido si la planta de incineración de biomasa se hubiera construido a 600 m. de la población de Monzón, pues se pretendía quemar un millón doscientos mil kg. de virutas de madera al día de forma continuada durante 8.000 horas al año. Dicha quema, como quedó patente por diversos informes técnicos, hubiese producido emisiones muy importantes de contaminantes como dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno, (NOx), partículas en suspensión (PMs), benzopirenos y dioxinas.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión