La Audiencia Nacional rechaza indemnizar al campin de Castejón de Sos por la riada de 2013

Desestima la reclamación de 1,7 millones porque pese a llevar 23 años abierto aún carecía de permiso de apertura definitivo

El campin quedó completamente arrasado por la gran riada del 18 de junio de 2013
El campin quedó completamente arrasado por la gran riada del 18 de junio de 2013
Javier Blasco/Heraldo

La Audiencia Nacional ha rechazado la indemnización de 1,7 millones de euros que había solicitado el campin Alto Ésera de Castejón de Sos al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por la riada de 2013 que lo arrasó. La sentencia se basa en que la empresa que explotaba las instalaciones desde hacía 23 años no contaba con autorización definitiva de apertura ya que no había cumplido con uno de los requisitos que le impuso en su día la Confederación Hidrográfica del Ebro para ello: construir una escollera que lo librara de una posible avenida.

En 2014 presentó una primera reclamación por responsabilidad patrimonial ante el Ministerio y la CHE por los daños y perjuicios ocasionados en sus instalaciones como consecuencia de la riada del 18 de junio de 2013, que le impidió continuar con el negocio. Y cuantificaba la indemnización en 1.768.11,48 euros. Y al quedar desestimada por silencio administrativo, acudió a los tribunales.

La empresa suscribió el 1 de enero de 1990 con el Ayuntamiento de Castejón de Sos un contrato de arrendamiento durante 40 años de una finca de 40.000 m2 lindante con el río Ésera en su margen izquierda para destinarla a campin. El 17 de septiembre de ese mismo año logró la autorización de la CHE, condicionada a la construcción de una escollera de protección que, según la demandante, se ejecutó y funcionó durante 23 años.

Sin embargo, el 18 de junio de 2013, una avenida del río Ésera superó las defensas inundando e inutilizando todas las instalaciones y gran parte de los enseres haciendo imposible continuar con el campin abierto al público. El 15 de enero de 2018, la CHE declaró la caducidad de la autorización y le requirió que retirara las instalaciones antes de 6 meses.

La empresa basó su demanda en que el daño era "obvio" y que había una "relación causal" con el funcionamiento de la administración al haberse producido como consecuencia de haber ubicado el campin en un lugar que había sido autorizado en 1990.

Sin embargo, la Abogacía del Estado negó tal concurrencia aludiendo a un informe fechado el 1 de octubre de 1999 del Servicio de Control del Dominio Público Hidráulico (dependiente de la CHE), en respuesta a una solicitud de la Dirección General de Turismo del Gobierno de Aragón. En él se advirtió de que la escollera construida no garantizaba la no inundabilidad de los terrenos en los que se ubicaba. Por ello, concluía que no había cumplido con la condición impuesta para la concesión de la autorización e informaba desfavorablemente la legalización del campin.

Además, el representante legal del Estado recordaba una sentencia firme del TSJA, del 22 de mayo de 2017, que ya desestimó el recurso de la empresa gestora del campin frente a la resolución de la CHE que en 2014 acordó la caducidad de la autorización.

Pese a ello, la demandante insistió en que la Confederación "consintió" la instalación del campin hasta que ocurrió la riada lo que, a su juicio, justificaba la existencia de causalidad.

Finalmente, la Audiencia Nacional rechaza los argumentos de la gestora del campin destacando que en la sentencia del TSJA ya se afirmaba "claramente" que no había cumplido las condiciones establecidas en la autorización ya que la escollera construida no solo no garantizaba que no se inundaran los terrenos sino que incluso podía agravar las consecuencias de una eventual avenida.

Así, la sentencia resuelve que no hay ningún nexo causal entre el funcionamiento de las administraciones y los daños producidos. Y recuerda, por último, que parte de esos daños ya fueron resarcidos por parte del Consorcio de Compensación de Seguros en una cantidad que incrementó luego un juzgado de Zaragoza.

El Ayuntamiento licitará el nuevo alquiler en 2019

Una de las prioridades que se marcó el Ayuntamiento de Castejón de Sos tras la grave riada de 2013 fue recuperar el campin "porque el cierre tuvo una gran repercusión para todo el valle", recuerda el alcalde, José Manuel Abad. Sin embargo, más de cinco años después todavía no ha podido cumplir ese objetivo ya que reconoce que se han encontrado con más "trabas" de las previstas por los requisitos legales, que se han endurecido. Aun así, gracias a sendas ayudas del Gobierno de Aragón y del IAF ya han invertido más de 200.000 euros para dotar la parcela donde quieren volver a ponerlo en funcionamiento de servicios básicos como agua, alcantarillado y electricidad "para ponerlo lo más fácil posible a quien pueda estar interesado en la explotación, porque luego hay que hacer una inversión importante y el Ayuntamiento no la puede asumir".

En este tiempo también han conseguido tramitar la autorización del Inaga de los nuevos terrenos, ubicados fuera de la zona inundable. El siguiente paso será redactar un plan de viabilidad y sacar a licitación un contrato de alquiler en los primeros meses de 2019.

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