¿Qué es una 'rave' ilegal, cuáles son las multas y cuándo acaban en prisión?

Las últimas fiestas clandestinas organizadas en Zaragoza plantean algunas preguntas sobre la forma en que se celebran y cuáles son las consecuencias a las que se enfrentan los asistentes.

Asistentes a la 'rave' ilegal en Fuente Álamo, Murcia, antes de que todos fueran desalojados.
Asistentes a la 'rave' ilegal en Fuente Álamo, Murcia, antes de que todos fueran desalojados.
Marcial Guillén/EFE

Las dos ‘raves’ organizadas en apenas tres meses en un paraje del término municipal de Zaragoza pero próximo al casco urbano de El Burgo de Ebro, conocido como el descansadero de la Cabañera Real, han congregado a cientos de aficionados a estas fiestas ilegales. Según la Guardia Civil, la última cita, celebrada el pasado fin de semana y a la que han asistido medio millar de personas, ha terminado sin sanciones. Pero ¿qué es en realidad una ‘rave’ y cuáles son las multas o condenas a las que podrían enfrentarse los convocantes o asistentes a este tipo de eventos clandestinos?

1. ¿Qué es una ‘rave’?

Para empezar, cabe recordar que el término se acuñó por primera vez en Londres para referirse a las fiestas más bohemias y alocadas que se organizaban en el barrio del Soho. Su uso decayó a finales de los años 70, pero se recuperó a mediados de los 80, cuando proliferaron en Inglaterra eventos de asistencia masiva vinculados a la música electrónica de baile, tanto techno como acid house.

2. Por definición, son fiestas clandestinas

Una ‘rave’ es siempre una fiesta ilegal, aunque existen imitaciones o sucedáneos en los que los organizadores alquilan un terreno con autorización. Se buscan lugares próximos a las ciudades, para facilitar la llegada por carretera de los asistentes. Pero los emplazamientos pueden ser muy distintos, desde una antigua nave industrial abandonada hasta un aparcamiento. Pero los ‘raveros’ también gustan de celebraciones en plena naturaleza: montes, bosques, playas…

3.- Convocatoria en redes sociales

Para evitar la intervención policial, las ‘raves’, a las que asisten sobre todo jóvenes de entre 20 y 30 años, se convocan casi siempre a través de las redes sociales en sitios apartados. Según sus adeptos, el objetivo es divertirse sin causar molestias.

4.- Las reglas no escritas

Estas fiestas clandestinas tienen su propio código no escrito. En teoría, no se cobra entrada y cada uno lleva las bebidas o comidas que piensa consumir. No hay personal de seguridad, por lo que también se intenta resolver los conflictos de forma pacífica. El objetivo principal es evitar la presencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Y cuando termina el evento, todos deben llevarse su basura.

5.- Un ‘limbo’ sancionador

Por la forma en que se organizan y celebran las ‘raves’, pese a su carácter ilegal, de no surgir problemas graves de seguridad, no suele haber sanciones: ni administraciones ni penales. Pero eso no significa que pueda haberlas. Por ejemplo, por ocupación ilegal de un terreno privado, que el código penal castiga con penas de prisión de seis meses a dos años. Para ello, tendría que ser el propietario quien denunciara. Y luego, un juez debería apreciar en los ocupantes un ánimo de permanecer allí. De no ser así, ya entrarían en juego otro tipo de normativas, como, por ejemplo, las de acampada.

En el lugar donde se celebra la ‘rave’ hay decenas de vehículos.
En el lugar donde se celebra la ‘rave’ hay decenas de vehículos.
H. A.

6.- Sanciones por concentración no autorizada

Por afectar a la seguridad ciudadana, la Delegación del Gobierno de España en cada Comunidad otorga las autorizaciones para las concentraciones de personas, desde una manifestación a cualquier otro acto masivo. Por lo tanto, son Policía y Guardia Civil quienes las supervisan, estén permitidas o no. Por ello, también es esta administración quien sanciona.

7.- El desalojo forzoso, solo cuando se comete un delito y con permiso del juez

Al tratarse de  concentraciones masivas de personas, prima la seguridad de todas ellas. Por eso, las Fuerzas de Seguridad solo recurren al desalojo forzoso cuando se ha perpetrado un delito y con la correspondiente autorización judicial.

8.- La DGA regula los espectáculos públicos

Pero en materia de organización de espectáculos públicos y actividades recreativas, son las Comunidades autónomas quienes los regulan. En el caso de Aragón, a través de la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, que incluye su régimen sancionador.

9.- Murcia modifica su regulación e incluye multas de hasta 500.000 euros

Unas de las últimas comunidades en actualizar su regulación en materia de espectáculos públicos es Murcia, que lo hizo en noviembre de 2023 e introdujo multas que van de los 30.001 a los 500.000 euros para los organizadores de actos masivos sin autorización cuando se produzca un daño o deterioro grave para el Medio Ambiente o se haya puesto en peligro grave la seguridad o salud de las personas.

Cabe recordar que a raíz de la celebración de las últimas ‘raves’ en Zaragoza, la Unidad Verde del Ayuntamiento de Zaragoza ha advertido de que se analizarán los posibles impactos, dado que “no es un lugar adecuado por la fragilidad de estepa”

10.- Otras multas disuasorias: alcoholemias, consumo de drogas y hasta la ITV.

Dentro del limbo ‘sancionador’ que envuelve a las ‘raves’, la Guardia Civil o la Policía también pueden controlar otras infracciones. Lo más habitual son las alcoholemias o el consumo de drogas al volante, que acarrean multas administrativas y también sanciones penales. La tenencia de drogas también podría castigarse del mismo modo. Pero en concentraciones de este tipo, donde la mayoría de asistentes acuden en vehículos particulares, los funcionarios también vigilan a veces si los ‘raveros’ han pasado la ITV.   

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión