Ayudas para instalaciones fotovoltaicas en Aragón: requisitos y plazos

Hay una serie de variables de obligado cumplimiento para optar a los fondos para las ayudas para autoconsumo y almacenamiento de energías renovables.

Placas solares en una instalación de autoconsumo en Aragón.
Placas solares en una instalación de autoconsumo en Aragón.
Francisco Jiménez

El pasado 19 de noviembre, el Boletín Oficial de Aragón publicó la Orden del departamento de Industria ICD/1524/2021, de 4 de noviembre, que marcaba la convocatoria en la Comunidad Autónoma de ayudas e incentivos relacionados con el autoconsumo y el almacenamiento de energías renovables. Se abría así una nueva ventana a la apuesta por el autoconsumo en un momento de especial sensibilidad con la materia de los precios, situación corregida y aumentada hasta límites insospechados y que desde la invasión rusa de Ucrania aún ha sido más marcada.

La convocatoria aludía a una partida de 23 millones de euros procedentes de los fondos europeos Next Generation, 660 en el total del país con cargo al presupuesto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). Los incentivos se dirigen tanto a empresas como a particulares, incluyendo además las instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial. Las bases reguladoras se aprobaron para toda España el pasado 30 de junio en el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

Requisitos para optar a las ayudas para autoconsumo y almacenamiento de energías renovables

Hay una serie de variables de obligado cumplimiento para optar a los fondos, que se podían solicitar desde el pasado 13 de diciembre y cuya disponibilidad se liga al número y cuantía de las concesiones efectuadas, hasta agotar por completo los fondos. Requisitos básicos:

  • Se deberá adjuntar por cada solicitud un modelo de memoria, que se encontrará disponible para su descarga en la página web del Gobierno de Aragón, y se encontrará igualmente disponible en el tramitador de las solicitudes de ayuda.
  • Las fechas de las facturas correspondientes a la ejecución de las instalaciones objeto de ayuda en viviendas deben ser posteriores al 30 de junio de 2021, aunque sí se contemple como válida la realización de memorias técnicas o sondeos exploratorios previos facturados con antelación pero iniciados con posterioridad al 30 de junio de 2021.
  • Para cada tecnología (eólica o fotovoltaica) sólo será elegible una actuación por destinatario último de la ayuda y por ubicación o ligadas al mismo consumo o consumos.
  • En el caso de instalaciones en el sector servicios, industria y otros, "solo se admitirán actuaciones por parte de los destinatarios últimos de las ayudas iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda", ya que tienen un carácter "incentivador", según detalla la Orden.
  • Las ayudas se conceden por concurrencia competitiva: se priorizan las solicitudes presentadas según la fecha de presentación. El reparto quedó fijado en las bases reguladoras del real decreto de 29 de junio, en el que se establecen módulos para las viviendas que van de los 300 a los 600 euros por KWP (kilovatio pico, medida utilizada en las energías renovables) según el tamaño de la instalación. En el caso de las comunidades de autoconsumo colectivo el importe va desde 355 a 710 euros/KWP. En caso de empresas, el importe de la ayuda va de 460 a 1.188 euros en fotovoltaica y de 1.070 a 4.723 euros en el caso de la eólica, entre otros baremos.
  • Presentación de la solicitud. Exclusivamente por internet mediante el "Tramitador on line" del Gobierno de Aragón. Las resoluciones se conocerán en el plazo máximo de seis meses desde la presentación de la solicitud.
Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión