Seis meses de cárcel por conducir de forma temeraria en Valdefierro

La juez absuelve a uno de los dos acusados y descarta que participaran en una carrera ilegal que acabó en accidente.

Estado en que quedó el vehículo accidentado en la calle Biel
Estado en que quedó el vehículo accidentado en la calle Biel
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El juicio contra dos jóvenes que se sentaron en el banquillo por sendos delitos de conducción temeraria ha terminado con suerte dispar para cada uno de ellos. La Policía Local y luego el juzgado los investigó por participar en una presunta carrera ilegal en las calles de Valdefierro que terminó con uno de los coches estrellado contra la fachada de una empresa de la calle Biel. La Fiscalía así lo creía y solicitó un año de prisión para cada uno de ellos y la privación del permiso de conducir durante dos años.

Sin embargo, tras la vista oral, la juez sustituta del Penal número 7 ha llegado a la conclusión de que no hubo tal carrera, sino una conducción temeraria por parte de uno de los conductores. En concreto, de Adrián B. E., de 26 años, al que ha condenado a seis meses de cárcel y un año de retirada del carné. El otro acusado, Diego G. A., de 28 años, ha sido absuelto.

El accidente se produjo el 19 de julio de 2019. Poco antes de las 22.00, un Volskwagen modelo Scirocco, de 270 CV de potencia, conducido por Adrián B. E., de 24 años, circulaba por la calle Biel a velocidad "muy superior a la permitida", perdió el control del turismo, la parte de atrás se le fue contra el bordillo y el coche salió disparado contra la fachada de la empresa Azuvi.

Además, estuvo a punto de atropellar a dos peatones que tuvieron que saltar para no ser embestidos. Según declararon entonces ante la Policía Local, los dos viandantes vieron cómo se aproximaban de frente dos vehículos a gran velocidad, seguido uno de otro y muy pegados entre sí y el primero, al llegar a un tramo curvo de la calzada, perdió el control por completo y golpeó con las ruedas un bordillo a escasos dos metros de distancia de donde se encontraban ellos, lo que les asustó pues creyeron que los iban a atropellar. Pero el vehículo continuó la marcha descontrolado a gran velocidad, cruzó al sentido contrario de la calzada y colisionó frontalmente contra la pared de la finca.

Los agentes que elaboraron el atestado comprobaron que había marcas de raspazos de las llantas en el bordillo a lo largo de diez metros.

Circulaban uno pegado al otro

El otro acusado Diego G. G. circulaba por la misma calle con un Mini y se detuvo detrás del Scirocco. Para la juez, aunque ambos procedían de la rotonda de Manuel Rodríguez Ayuso, "no ha quedado probado que hubiera entablado una especie de competición con el anterior acusado". El fallo recoge que aunque circularan uno pegado al otro, a menos de 10 metros de distancia, "no se conocían de nada". "No consta acreditada una competición de velocidad, ni pugna entre ambos, pues cuando observó que el otro perdió el control, como circulaba detrás, paró para auxiliarle y fue él quien llamó a los servicios de emergencia", afirma la sentencia.

El acusado Adrián B, defendido por la letrada Beatriz Laguna, también negó que entablase una carrera con el otro, ni que hubiera quedado con él y declaró que era la primera vez que se veían.

Según la sentencia, la Policía Local informó al juzgado de que no había roces en el Mini y que "solo por la velocidad", los "vestigios" y lo que "decían los testigos" se podía pensar que podían hacer una especie de competición. "Sin embargo otros testigos que también circulaban en ese momento, uno con su furgoneta dice que no observó cómo circulaban, solo escuchó el impacto". Otro dijo que vio que salían deprisa del semáforo, y los perdió de vista en la curva.

Por lo tanto, como mantenía su abogado, Marco Antonio Navarro, no existe prueba suficiente que determine una condena por conducción temeraria para Diego G. G. y la juez lo absuelve. El fallo puede ser recurrido.

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