¿Qué se puede hacer y qué no al retroceder a la fase 2 de desescalada?

El BOA publica las nuevas medidas tomadas ante el cambio registrado en la situación epidemiológica en las comarcas de La Litera, Bajo Cinca, Cinca Medio y Bajo Aragón-Caspe. 

Una vez que este domingo se había dejado atrás el estado de alarma en todo el país y era posible circular entre distintas provincias y comunidades, la vuelta a la fase 2 en cuatro comarcas aragonesa oscenses implica un retroceso y volver a tener en cuenta otras limitaciones. Las comarcas afectadas son La Litera, Bajo CincaCinca Medio y Bajo Aragón-Caspe.  y si bien al no estar en estado de alarma no se puede obligar a limitar los movimientos, sí que se dan unas instrucciones para evitar la propagación del virus en esas zonas. 

El Boletín Oficial de Aragón recoge ya la orden por la que se adoptan medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia covid-19 en las comarcas de la Litera, Cinca Medio y Bajo Cinca. A ellas se ha unido este martes la comarca de Bajo Aragón-Caspe.

El retroceso a la fase dos en estos territorios se justifica porque "la situación epidemiológica ha cambiado rápidamente en los últimos días en zonas determinadas de Aragón. En las comarcas de La Litera, Cinca Medio y Bajo Cinca se han producido casos de enfermedad que reúnen una serie de características que hacen aconsejable poner de nuevo en marcha medidas de prevención y control extraordinarias para disminuir la transmisibilidad de la enfermedad en la población". Así, se señala que "se han producido brotes en el entorno laboral de trabajadores agrícolas temporales, tanto en explotaciones como en industrias, siguen apareciendo casos relacionados con brotes previos en otras industrias, y además se están dando casos que indican transmisión comunitaria. De esta manera frente a una tendencia decreciente sostenida en las últimas semanas, la aparición de casos en los últimos días ha multiplicado entre 10 y 20 veces las incidencias en los citados territorios".

Así, la orden, que entra en vigor este lunes mismo, establece la aplicación parcial del régimen establecido para la fase 2 de desescalada. Estas son algunas de las medidas más relevantes de esa fase, recuerda el Departamento de Sanidad:

-Se puede circular por la unidad territorial de referencia, respetando las medidas de seguridad e higiene y la distancia mínima de seguridad, en grupos de un máximo de 15 personas.

-Las personas de hasta 70 años pueden realizar actividad física no profesional en cualquier franja horaria excepto entre las 10.00 y 12.00 y entre las 19.00 y 20.00.

-Los velatorios pueden realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados. La comitiva para la despedida de se restringe a un máximo de 25 personas.

-Se permite la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50% de su aforo.

-Las ceremonias nupciales pueden realizarse en todo tipo de instalaciones, sin superar el 50% de su aforo. Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.

-Se pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 20 personas.

-Aforo limitado en los comercios minoristas al 40%.

-Aforo limitado en establecimientos de hostelería y restauración al 40% en el interior. El consumo dentro del local se realizará exclusivamente en mesas. En el caso de las terrazas, limitación al 50% de las mesas.

-No pueden abrir las discotecas y bares de ocio nocturno.

-El aforo en las piscinas recreativas queda limitado al 30%.

En cuanto a la libre circulación, se recomienda a los ciudadanos de las citadas comarcas que limiten su circulación a estos territorios, salvo circunstancias acreditables, y se recomienda a las personas que no tengan su residencia en las citadas comarcas que eviten desplazamientos a las mismas.

Las obligaciones

Las obligaciones de precaución y colaboración que establece la orden del Gobierno de Aragón y que afectan a la población de las tres citadas comarcas son las siguientes: 

1. En tanto se mantenga la actual situación de crisis sanitaria provocada por la pandemia 

covid-19 todos los ciudadanos deberán desarrollar sus actividades, de cualquier índole,

conforme al principio de precaución con objeto de prevenir la generación de riesgos innecesarios para sí mismos o para otros y de evitar la propagación del virus causante de la pandemia.

2. Conforme a la normativa de salud pública, todos los ciudadanos tienen la obligación de

facilitar el desarrollo de las actuaciones de salud pública y de abstenerse de realizar conductas que dificulten, impidan o falseen su ejecución.

Aplicación parcial del régimen establecido para la fase II de desescalada.

En las Comarcas de la Litera, Cinca Medio y Bajo Cinca será de aplicación el régimen

establecido en la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Recomendaciones sobre libre circulación.

1. Se recomienda a todos los ciudadanos que tengan residencia habitual en la unidad territorial conformada por las comarcas de la Litera, Cinca Medio y Bajo Cinca que limiten su circulación a dicha unidad territorial, salvo que concurran circunstancias acreditables que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

2. Se recomienda a todos los ciudadanos que no tengan residencia habitual en la unidad territorial conformada por las comarcas de la Litera, Cinca Medio y Bajo Cinca que eviten desplazamientos a la misma, salvo que concurran las mismas circunstancias acreditables establecidas en el apartado anterior.

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