"Los ciudadanos pleitean con la Administración por urbanismo, medio ambiente y migración"

El catedrático aragonés Fernando López Ramón, presidente de la Asociación de Profesores de Derecho Administrativo.

El catedrático de Derecho Administrativo, Fernando López Ramón, en su despacho de la Universidad de Zaragoza.
El catedrático de Derecho Administrativo, Fernando López Ramón, en su despacho de la Universidad de Zaragoza.
José Miguel Marco

El catedrático aragonés Fernando López Ramón acaba de ser reelegido como presidente de la Asociación de Profesores de Derecho Administrativo, después de su primer mandato de cuatro años. Este colectivo celebra los próximos viernes y sábado su XIV Congreso en la Universidad Murcia. En este marco abordarán los problemas que plantea el control judicial de las administraciones públicas, 20 años después de la última regulación de la materia con la Ley de lo Contencioso Administrativo.

Acude a las jornadas el presidente de la sala del Contencioso Administrativo, Luis María Díez Picazo, que reunió a todos los miembros para revisar la sentencia sobre el impuesto de las hipotecas y eso generó “una crisis” en la confianza en la Justicia.

“Es un compañero muy apreciado por su calidad profesional",  ha reconocido López Ramón sobre Díez Picazo, un profesor de Derecho Constitucional, que dirigió el Instituto Universitario de Florencia y ahora preside la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, "la máxima autoridad en esta jurisdicción”.

“El caso fue muy mediático. Hubiera sido deseable que no se planteara el problema (de la sentencia del impuesto de hipotecas), pero una vez que se produjo el presidente actuó como debía y luego cada magistrado en conciencia expuso su criterio y votó", ha valorado el catedrático aragonés. "Era un asunto de enorme gravedad porque se cambiaba una interpretación consolidada sobre una norma. Hacía falta adoptarla en el pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo y es posible que deberían haberse dado cuenta antes".

En el XIV Congreso de los profesores de Derecho Administrativo se centran este año en hablar sobre “todos los litigios de los ciudadanos contra cualquier administración, sea del Estado, autonómica o local, así como los organismos autónomos que dependan de ellas”.

“Los jueces de Contencioso Administrativo están especializados en el control a la Administración”, señala López Ramón, quien cree que habría que ampliar estas plazas y que los jueces deberían, como los abogados, convertirse en expertos en la materia de Derecho Administrativo.

Más litigiosidad desde la Constitución 

El catedrático constata que desde que se aprobó la Constitución se ha multiplicado la litigiosidad contra la Administración porque antes era excepcional poner un pleito administrativo y había muy pocos despachos de abogados dedicados al Contencioso administrativo. Esta avalancha, apunta López Ramón, supuso que se hayan tenido que ampliar los juzgados contenciosos porque antes solo había en el Tribunal Superior de Justicia.

Respecto a los asuntos que se multiplican en los tribunales contenciosos, el catedrático señala que "los temas más sensibles ahora son los de urbanismo, medio ambiente y migración". De cualquier manera, explica que "la responsabilidad de la Administración es más estricta que la de los ciudadanos". "Mientras nosotros tenemos la responsabilidad subjetiva, es decir por culpa, negligencia o imprudencia grave, la Administración tiene la responsabilidad objetiva, en la que basta que comprobar que un daño se produce por su actividad, el particular tiene derecho a la indemnización”, ha agregado.

Pero al comparar el sistema español con el británico, López Ramón ha desvelado que la Administración española "no es muy generosa con la indemnización" y abona "unas cantidades modestas", frente a la inglesa que reconoce los "daños punitivos". "En España no se responde por evitar que un daño se repita en nuestro sistema. Pero si vas al sistema anglosajón es al contrario porque puedes ver un caso de un hospital público, pero como la sanción es muy fuerte, el sistema ya vigila que no se repita y no encontrarán una gasa dentro del enfermo”, ha apuntado.

Primera la vía penal y luego al contencioso

Aun así, la sociedad españoles "cada vez tiene más conciencia sobre la responsabilidad de la Administración" y en un caso como el accidente del tren Alvia en Galicia (en plena instrucción) podría ser uno de los primeros en tener que responder de los daños punitivos.

López Ramón ha reconocido que en la práctica judicial, muchos abogados saben que la indemnización la obtendrán en la vía contenciosa (así ocurrió en la riada de Biescas), "pero se suele usar primero la vía penal por la razón de la prueba, porque paraliza el cómputo de plazos y puedes lograr pruebas gratuitas que acreditan que un funcionario ha causado un daño, no un ilícito penal, pero eso te interesa”.

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