La Audiencia anula la inhabilitación a la educadora del bebé que sufrió quemaduras en la guardería

El tribunal valora su acción como una imprudencia que puede cometer cualquiera, sin tener que ser profesional.

El juicio por la presunta violación se celebró el pasado lunes en la Audiencia Provincial de Zaragoza a puerta cerrada.
Audiencia Provincial de Zaragoza.
Heraldo.e

La Audiencia Provincial de Zaragoza acaba de anular en parte la condena impuesta a María Pilar A. B., educadora del centro infantil Nuestra Señora de la Rosa de Casetas, por las graves quemaduras que sufrió un bebé de 14 meses cuando estaba bajo su cuidado. La titular del Juzgado de lo Penal número 3 condenó a la acusada al pago de una multa de 2.160 euros y a seis meses de inhabilitación especial para ejercer su trabajo por un delito de lesiones por imprudencia grave profesional.

En su fallo, la juez mantenía que la trabajadora no adoptó "las más elementales medidas de precaución y atención necesarias" para el cuidado del niño cuando decidió sentarlo en el pavimento de la terraza de la guardería un día de verano con una temperatura de 37 o 38 grados. El bebé sufrió quemaduras de segundo grado en los gemelos y un glúteo.

Ahora, sin embargo, el tribunal de la Sección Sexta de la Audiencia deja sin efecto la inhabilitación alegando que no fue una "imprudencia profesional" sino "de la profesional". Es decir, que fue una "imprudencia común" susceptible de ser cometida por "cualquiera". "No es necesario tener estudios de ningún tipo para saber que un niño de 14 meses ha de estar sometido a vigilancia continua y que el contacto con una superficie caliente puede ocasionarle graves lesiones, como así sucedió", recoge la sentencia de la Audiencia.

 El matiz es importante pues rebaja el grado de responsabilidad de la cuidadora. Argumentan que la "imprudencia profesional" supone un "plus de antijuricidad" a la infracción cometida por un experto que no ha tenido las precauciones y cautelas más elementales que le son requeridas y que tiene una falta de aptitud e impericia para el desempeño de su trabajo. Mientras, la "del" profesional, supone una imprudencia común.

En este caso, mantiene la calificación de "grave", pero rebaja la pena. La abogada de los padres del menor, Olga Antón, trasladó la "decepción" de la familia al conocer la nueva sentencia ya que la cuidadora, "a pesar de ser culpable no va a estar ni un día" inhabilitada. "Ellos pusieron su confianza en un centro infantil especializado, llevaron a su hijo sano y lo recogieron con quemaduras de segundo grado y no lo entienden", indicó.

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