Tercera condena al Estado por los daños causados por la riada del Ebro en 2013

La Audiencia estima el recurso de un afectado de Quinto, que recibirá 42.000 €.

Una parcela de árboles frutales en la ribera baja del Ebro inundada en la riada de enero de 2013.
Una parcela de árboles frutales en la ribera baja del Ebro inundada en la riada de enero de 2013.
Alcorta/HA

La riada del Ebro en enero de 2013 fue ordinaria, pero sus daños en las tierras de los pueblos ribereños fueron extraordinarios. La Audiencia Nacional ha condenado por tercera vez al Estado por responsabilidad patrimonial al aceptar un recurso de un agricultor de Quinto y le condena a devolverle 42.081 euros, que es la cantidad en la que, tras pruebas periciales, están valorados los daños sufridos en los terrenos.

La sección del Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional hace caso a la reclamación del agricultor, quien imputó a la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) "una absoluta dejadez e inactividad en la deficiente o nula atención al estado del cauce del río Ebro". Con esa actitud, el afectado por la riada acusa a la CHE de no cumplir el mantenimiento adecuado de los terrenos en su dominio ni realizar las actividades necesarias para evitar los daños que se causen.

En la demanda del agricultor, que interpuso el abogado Carlos Ibáñez Fandos, manifiesta que el organismo de cuenca reconoció la necesidad de la extracción periódica de sedimentos en el tramo medio del Ebro para mejorar la sección de desagüe. Incluso apunta que después de las inundaciones, el 20 de septiembre de 2013 apareció en la web de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas la noticia titulada ‘La Confederación Hidrográfica del Ebro inicia los trabajos de limpieza del cauce del río en Castejón (Navarra) para reducir los efectos de las riadas’. Paradójicamente, en esa noticia reconocía la CHE la causa de las inundaciones y cuál era la solución, "que son conocidas pero que se han aplicado con anterioridad".

Asimismo, la CHE había encargado un estudio sobre la riada a la empresa de ingeniería ‘Euroestudios’, en el que se recogieron las zonas preferentes de acumulación de sedimentos y dio como resultado que en Quinto "era de un tamaño lo suficientemente considerable para afectar al curso normal fluvial". Se produjeron acumulación de sedimentos y otras materias de 117.673 metros cuadrados y se localizaron desde la localidad de Novillas hasta Velilla de Ebro un total de 170 bancos de grava susceptibles de ser retirados.

La Audiencia Nacional considera que concurren los elementos para determinar que existe la responsabilidad patrimonial de la CHE por los daños causados al demandante como consecuencia del desbordamiento del Ebro. Se basa en dos informes periciales aportados por el agricultor, que no pueden aceptar que estaban ante un supuesto de fuerza mayor que rompiera el nexo de causalidad de la riada y los daños, algo que debe probar la Administración. Para la cuantificación de los daños que sufrió el demandante, los magistrados aceptaron la cantidad reclamada por el perjudicado de 42.081 euros y la incrementaron con los interés legales desde el 18 de septiembre de 2013 hasta su efectivo pago de la Administración al afectado.

Hay otros cuatro casos similares aún pendientes de sentencias en la Audiencia ?Nacional.

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