El Supremo confirma la expulsión de un guardia civil que asaltó casas uniformado
Fue condenado a siete años y medio de cárcel por dos robos en Alagón y Pedrola.
El ex cabo primero, que llegó a estar destinado en el EDOA (Equipo de delincuencia organizada y antidrogas) de Zaragoza hasta marzo de 2011, reconoció en el juicio todos los hechos y aceptó ser condenado por dos delitos de robo en casa habitada, uno de integración de grupo criminal y otro de lesiones. Sus compinches incluida una mujer también admitieron los delitos. El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza dictó sentencia in voce contra todos ellos.
Al margen del proceso penal, el Ministerio de Defensa expedientó al cabo y lo sancionó con la expulsión del Cuerpo por cometer un delito que causa grave daño a la administración y a los ciudadanos, tal y como establece el Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. César Contreras recurrió la decisión, que ahora ha confirmado el Tribunal Supremo al considerar "obvio" que su conducta merece el máximo reproche. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Francisco Javier de Mendoza Fernández, recoge que los hechos por los que fue condenado "son de tal naturaleza que por sí solos, sin necesidad de ninguna otra prueba complementaria, evidencian (...) que causaron un grave daño" a los propietarios de las dos viviendas asaltadas.
Para el Supremo, la actuación del agente también afectó a patrimonio de sus víctimas, el cual fue "menoscabado" en circunstancias "especialmente afrentosas" para ellas ya que, tal y como recoge, fueron "engrilletadas y sometidas violentamente" por los atracadores.
Según refleja la sentencia del Supremo, el acusado padecía de trastornos del humor, de depresión y contaba con un historial de abusos de alcohol y cannabis. El agente tenía diagnosticada también una dependencia a la cocaína que le afectó en la comisión de los hechos y su conducta dañó "seriamente" la imagen del Cuerpo a la que pertenecía el condenado. Por eso, para el Supremo "no hace falta realizar un gran esfuerzo deductivo" para concluir que el hecho de haber sido condenado por robo y lesiones integra "sin un atisbo de duda el ilícito disciplinario por el que ha sido sancionado", por lo que confirma su expulsión.