Condenan a 14 años a un vecino de Tarazona por intentar matar a dos guardias civiles

El procesado fue condenado por la Audiencia de Zaragoza por dos delitos de intento de homicidio.

El Tribunal Supremo ha confirmado este martes la condena a 14 años de prisión impuesta contra un vecino de Tarazona (Zaragoza) como responsable del intento de homicidio de dos guardias civiles que acudieron a su casa en respuesta a una denuncia por presuntos malos tratos a su mujer.


El procesado, Hicham B., de 35 años, fue condenado el pasado mes de enero por la Audiencia de Zaragoza por dos delitos de intento de homicidio, otro de maltrato en el entorno familiar y uno más por los forcejeos y amenazas llevadas a cabo en el cuartel al que fue trasladado tras la detención.


Los hechos ocurrieron el 3 de enero de 2013, cuando el acusado se encontraba en casa con su mujer, embarazada entonces de una niña. Según el tribunal zaragozano, el procesado le espetó durante una discusión: "me tienes que obedecer, que yo soy el hombre; cuando nazca la niña la voy a coger y me voy a marchar".


Dos guardias que se desplazaron a la vivienda tras ser alertados de los hechos trataron de detener al acusado, que durante el forcejeo logró arrebatar el arma a uno de los agentes. La Audiencia de Zaragoza consideró probado que el acusado encañonó a los agentes con "ánimo de matar" y que accionó varias veces el gatillo de la pistola, que no disparó al no estar montada.


El representante legal del procesado recurrió la sentencia ante el Supremo alegando que los delitos debían ser considerados "imposibles" respecto a su comisión ya que la pistola que arrebató su cliente a los agentes no estaba montada y, por lo tanto, "nunca podría haber producido un resultado lesivo". En su auto de no admisión del recurso, el Supremo considera que la valoración de los hechos llevada a cabo por la Audiencia de Zaragoza es "adecuada" ya que el acusado accionó varias veces el gatillo con la intención de matar.


Según los magistrados, "el comportamiento del recurrente, en todos sus actos, hubiese llevado inexorablemente a la consumación del resultado criminal, a no ser por la circunstancia, que desconocía, de que debía montar previamente el arma, es decir, realizar el movimiento basculante hacia atrás para cargar la bala en la recámara". Añaden que el "plan" del acusado al apuntar a la cabeza de los dos agentes era "racionalmente apto" para la consecución del fin planteado, y subraya que sólo la casualidad, al desconocer el funcionamiento del arma, impidió la consumación de la acción homicida.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión