Condenan al Salud a pagar 60.000 euros por la muerte de una joven de 27 años por una negligencia tras dar a luz en Jaca

La sentencia del TSJA considera que si hubiera recibido un tratamiento antibiótico a tiempo podría haber tenido posibilidades de revertir la infección generalizada que le causó el fallecimiento.

Hospital de Jaca, donde dio a luz la joven tres días antes de fallecer
Hospital de Jaca, donde dio a luz la joven tres días antes de fallecer
Laura Zamboraín

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha condenado al departamento de Salud del Gobierno de Aragón al pago de una indemnización de 60.000 euros a la familia de una joven de 27 años de edad que murió por una negligencia médica tres días después de dar a luz en el hospital de Jaca. La sentencia concluye que un tratamiento antibiótico a tiempo podría haber tenido posibilidades de revertir la infección generalizada.

Los hechos se remontan al año 2011. La sentencia considera probado que la joven estaba embarazada de 42 semanas cuando el 28 de mayo acudió al hospital de Jaca con fiebre alta y dolores. Al examinarla, los facultativos observaron que tanto ella como el feto presentaban taquicardias por lo que decidieron realizar una cesárea de urgencias. La niña, afortunadamente, nació sin problemas, con un peso de casi 3,5 kilos.

La madre se quedó ingresada y continuó con fiebre y dolores. Los médicos detectaron que presentaba una atonía uterina y le administran un tratamiento, aunque al ver que no evolucionaba favorablemente decidieron trasladarla el 30 de mayo al hospital San Jorge de Huesca.

Según ha explicado el abogado de la familia, Guillermo Ros Pelegay, los síntomas con los que había ingresado en un principio en el hospital de Jaca cumplían el patrón de una infección del líquido amniótico que, según los protocolos médicos, debió ser tratado con antibióticos de amplio espectro para vencer la infección. "Pero no se lo dieron en Jaca y la infección fue evolucionando y visto su estado, decidieron mandarla a Huesca", ha afirmado.

Una vez en el San Jorge, fue explorada y las pruebas revelaron que la citada atonía uterina no era la causa de su estado sino la infección previa del líquido amniótico. Fue intervenida quirúrgicamente, "pero ya no fue posible revertir la situación y la paciente contrajo una infección multiorgánica y falleció en la madrugada del 31 de mayo".

En un principio, la familia presentó una denuncia por vía penal que el Juzgado de Jaca primero y luego la Audiencia Provincia sobreseyeron al considerar que la posible falta de diagnóstico no tenía la suficiente gravedad como para ser constitutivo de un delito de homicidio por imprudencia.

Entonces, acudieron a la vía contencioso-administrativa contra el Gobierno de Aragón. La primera reclamación no fue resuelta en los seis meses establecidos por lo que optaron por presentar una demanda judicial ante el TSJA.

Así, ateniendo al informe de la inspección médica, la sentencia constata que aunque los antibióticos se deben usar racionalmente y no indiscriminadamente, "en este caso parece que su uso hubiese sido razonable", según la bibliografía médica. No obstante, también hace hincapié en que es "un caso desgraciado con una evolución insidiosa" ya que quizá la analgesia postoperatoria, "que estaba correctamente indicada", resalta, pudo enmascarar la infección "que cuando explotó, lo hizo con tal intensidad que generó una situación vital grave en muy poco tiempo ante la que actuaciones terapéuticas energéticas como son la laparotomía o el ingreso en la uci nada pudieron hacer"

A la vista de todo ello, el TSJA declara la responsabilidad patrimonial del Gobierno de Aragón por un supuesto de "pérdida de oportunidad". Y es que entiende que se vio privada de una oportunidad curativa ya que, pese a la agresividad de la bacteria causante de la sepsis, la literatura médica muestra una posibilidad aproximada de entre un 30 y un 70% de haber tenido una evolución favorable y revertir la infección.

En cuanto a la valoración de la indemnización, el tribunal cuantifica en 50.000 euros la cantidad a percibir por la niña de 7 años y otros 10.000 para la madre de la fallecida. El letrado ha explicado que habían solicitado unos importes mayores, pero más allá del aspecto económico deja claro que "la abuela, que es la que más ha peleado, lo que buscaba era el reconocimiento de esa mala praxis, que es lo que no consiguió en un primer momento en el ámbito penal".

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